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CAUSA ARMAS
Viernes, 5 de octubre de 2018
En un fallo polémico la Cámara de Casación absolvió a Menem
Los jueces Catucci, Mahiques y Riggi aceptaron un reclamo de la defensa del ex presidente, a pesar de que estaba condenado a 7 años y medio de prisión

En un fallo polémico, la Cámara Nacional de Casación Penal absolvió este jueves al ex presidente Carlos Menem en la causa por la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia, pese a que había sido condenado a 7 años y medio de prisión.

El tribunal no decidió sobre la cuestión de fondo, pero aceptó que en el juicio, que duró 23 años, “se quebró el plazo razonable” para un acusado de tener una condena firme. El argumento fue, así, en línea con lo que plantearon los abogados del ex mandatario y actual senador nacional.

La resolución fue tomada por la sala I de la cámara de casación integrada por los jueces Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Carlos Mahiques en el marco de una revisión de la condena ordenada por la Corte.

Los votos concurrentes de Catucci y Riggi argumentaron la absolución en “la violación de la garantía del justiciable a ser juzgado en un plazo razonable que las defensas habían planteado con insistencia”. Se apoyaron en la doctrina de la Corte “inherente al exceso temporal para juzgar” en base al fallo llamado “Goye, Omar y otros sobre administración pública de diciembre de 2017.

Sin embargo, Catucci destacó que en el juicio existieron “serios errores que incidieron en el delito de contrabando y que además impidieron lograr el enjuiciamiento de los responsables de graves delitos responsables tales como falsedad documental, malversación de caudales públicos, cohecho, incumplimiento de los deberes de funcionario público, encubrimiento y enriquecimiento ilícito por corrupción”.

Sin embargo, Catucci sostuvo que debía primar “una conclusión que respete los principios constitucionales y la garantía”.

En disidencia, Mahiques propuso confirmar la condena a los ex directores de Fabricaciones Militares Edberto González de la Vega, Carlos Franke, Teresa Irañeta de Canterino, Luis Sarlenga, Julio Sabra, Carlos Nuñez, Haroldo Luján Fusari y Manuel Cornejo Torino y del traficante de armas Diego Palelros por contrabando. Mahiques consideró probada la responsabilidad de de éstos últimos.

Pero con diferentes argumentos a los de la mayoría, Mahiques consideró que correspondía absolver a Menem y Cornejo Torino porque “no se logró demostrar que hayan obrado con el dolo exigido” en el delito de impedimento del control aduanero, según los términos del Código Aduanero. Mahiques sostuvo que “no se probó” que Menem haya firmado tres decretos para exportar las armas con destino falso a Panamá y Venezuela “con el conocimiento y voluntad” necesarios.

Una fuente de la cámara explicó así el fallo: “En consecuencia, resulta ineludible su tratamiento a la luz de la Jurisprudencia internacional, de nuestra Corte Suprema y de la propia Cámara Federal de Casación Penal”.

“Se trata de 23 años de vaivenes, idas y venidas y meandros procesales ocurridos para procurar discernir si existió un contrabando documentado de poca complejidad probatoria, en los que se incurrió en una inexplicable tardanza en los trámites reprochable exclusivamente a los órganos jurisdiccionales del Estado”, agregó la fuente.



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