La Justicia ordena cambiar la composición de la Cámara de Diputados
La Cámara Electoral le ordenó al Congreso de la Nación que "extreme los recaudos para ejecutar el mandato constitucional" que establece que la cantidad de diputados por cada provincia se debe "ajustar a la representación a los datos del censo nacional"
Por qué lo pide. La cantidad de Diputados que tiene cada provincia es en proporción a su población. Y esa representación se decidió en los 80, con el inicio de la democracia y nunca se actualizó.
Cómo se inició la demanda. El caso se inició con la demanda de un elector de la provincia de Córdoba, que denunció que se encuentra desactualizada la cantidad de diputados que se eligen por ese distrito que proporcionalmente sería menor a la de otras provincias.
Por qué hay que cambiarlo. "La circunstancia de que la base de representación por la cual se rige la actual composición de la Cámara de Diputados de la Nación continúe siendo aquella que se determinó con los datos poblacionales de un censo realizado hace 38 años, resulta claramente anacrónica", explica el falló. La cantidad de Diputados se debe ajustar al censo de 2010.
Cómo se compone hoy la Cámara. La ley establece que sería de "1 diputado cada 161.000 habitantes o fracción superior a 80.500". En base al censo de 1980 se determinó el número de representantes por provincia. Además, hay un piso para que ninguna pueda tener menos de 5 diputados.
Cómo se implementa en la práctica. El Congreso debería sancionar una nueva ley cambiando la representación proporcional de los diputados que le corresponden a cada provincia.
Cuánta plata más va a salir. Según el fallo esto se puede hacer sin aumentar el presupuesto total del Congreso porque el cambio no será significativo en materia de bancas. "No debería redundar en una mayor erogación para el Estado Nacional".
"Esta decisión, vale señalarlo, no supone una intromisión en la esfera legislativa, sino que constituye el ejercicio de una competencia propia del Tribunal –en su función de juzgar- dirigida a la coordinación y complementación del accionar de los poderes del Estado, en resguardo del juego armónico del sistema constitucional", aclara el fallo firmado por los jueces Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera.