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INTERPUESTO POR EL DEFENSOR DEL PUEBLO
Martes, 27 de junio de 2017
Presentaron un amparo para que se deje sin efecto la quita de pensiones por discapacidad
El defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, presentó un amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional por la suspensión del beneficio de las pensiones no contributivas por discapacidad desde el mes de mayo. El ombudsman pide la inconstitucionalidad del Decreto 432/97 que se aplicó para tomar esa medida y solicita que se ordene judicialmente dejar sin efecto las suspensiones o caducidades de los beneficios.





Además, presentó también una medida cautelar donde solicita que de manera urgente se reestablezca la totalidad de los beneficios de las pensiones por discapacidad para las personas que habitan el Chaco.
En el amparo Corregido pide también que se tomen los recaudos para analizar cada caso en particular, asegurando a los beneficiarios el derecho de ser oídos y de defensa y el dictado del acto administrativo por autoridad competente.

El defensor del Pueblo, recorrió el interior recabando información al respecto y trabajó en conjunto con autoridades del Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Chaco y con la diputada nacional Lucila Masin, quienes aportaron informes al amparo y la medida cautelar en defensa de los derechos de las personas con discapacidad.

En ese contexto, Corregido resalta que “además de la irregularidad, arbitrariedad, ilegalidad manifiesta y compulsividad del procedimiento por el que se deja sin efecto el derecho al cobro de una pensión por invalidez, tampoco es menor hacer referencia al contexto económico y social en el que se concreta esta rechazable medida del Poder Ejecutivo”.

Señala en el amparo que el aumento impactante del costo de vida, la inflación que ha trastocado los valores de muchos insumos básicos y elementales para la vida de una familia como lo son la alimentación, el acceso a medicamentos, alquiler de vivienda, tarifas de servicios públicos y todas y cada una de las variables de la economía de una familia argentina, es público y notorio. Así destaca: “el valor de cobro de una pensión por invalidez se ha visto devaluado sustancialmente en ese marco. Entonces podríamos imaginar que la suspensión o eliminación de ese derecho en el contexto descripto, pone evidentemente en una situación crítica y desesperante a las familias que cuentan con ese ingreso que surge por un derecho social adquirido”.

Es por esto que, en virtud de la vulneración de derechos adquiridos de las personas con discapacidad afectados por la reciente medida, el defensor entiende que es necesario que la Justicia rehabilite de forma inmediata los beneficios correspondientes a las pensiones no contributivas, y posteriormente declare la inconstitucionalidad del decreto 432/97.


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