Correntina en Francia también votó como 40 mil argentinos en el exterior
Varias horas antes del inicio de las Elecciones Generales en el país, Norma emitió el sufragio en París. Hace 20 años reside en esa capital y eligió por cuarta vez un Presidente
Los argentinos con domicilio registrado en el exterior en el DNI debían inscribirse en el registro de electores residentes en el exterior y sufragar así en las elecciones nacionales de ayer y en la eventual segunda vuelta electoral. Pero no estaban obligados a votar. Así, unos 40.000 argentinos iniciaron el trámite para emitir el sufragio en el exterior.
Los primeros, por cuestiones geográficas, fueron los residentes en Australia. Allí alrededor de 450 argentinos estaban empadronados y habilitados para votar, aunque “muchos de ellos viven en ciudades lejanas como Perth o Melbourne o en el interior del país”, lo que probablemente fue un impedimento para que emitan su voto, según comentó Emiliano Waiselfisz, cónsul de Argentina en Sídney.
Más allá, en el Consulado Argentino en París, Norma sufragaba por cuarta vez para el distrito 05 de Corrientes (Capital). Con cuatro horas más que Argentina, esta correntina que vive hace 20 años en Francia votó por la mañana. Allí podían sufragar de 8:30 a 16. “Es una boleta única en la que figuran los candidatos a Presidente y con una birome se marca igualmente para los otros candidatos nacionales, sin embargo no se vota por las provincias”, expresó a época. En tanto, junto a ella, muy temprano Isabel de Laprune es cordobesa y también emitió su sufragio en el Consulado Argentino en París.
Justificación de quienes están fuera del país pero viven en él
Los argentinos con domicilio asentado en la República Argentina y que se hayan encontrado en el exterior a la fecha de la elección deberán hacer la justificación de no emisión del voto en la Embajada o Consulado Argentino de la ciudad donde se encuentren, acompañando la documentación que acredite que el día de la elección no se encontraban en la República Argentina.
Deberán justificar la no emisión de su voto tanto en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del 9 de agosto como en las Elecciones Generales del 25 de octubre de 2015. Para justificar válidamente la no emisión del voto, los electores disponen de un plazo de sesenta (60) días siguientes a los comicios, dentro del cual podrán presentarse ante la representación argentina en el exterior o ante la Secretaría Electoral que corresponda a su domicilio en la República (http://www.electoral.gov.ar/secretarias.php).
De justificar en el exterior la no emisión del voto, no será necesario recurrir a las autoridades electorales o realizar algún trámite adicional en Argentina.
Al momento de la justificación, les será entregado de parte de la autoridad consular una “constancia de no emisión del voto”, que bastará para que el argentino que no emitió su sufragio no sea incluido en el Registro de Infractores al deber de votar elaborado por la Justicia Nacional Electoral.