Canteros aclara versiones periodísticas sobre la Ley orgánica del Ministerio Público
Con relación a publicaciones periodísticas el Procurador General aclara:
En primer lugar es preciso destacar que la Ley N.º 7321, que modifica la ley orgánica del Ministerio Público, debió prever la asignación
Adjunto, como así también la equivalencia prevista en su art. 66, que equipara las remuneraciones de los defensores oficiales y los asesores de menores de la provincia a las del fiscal de investigación penal, situación que imposibilitó la inmediata implementación de la citada ley.
En lo que respecta a la creación de nuevas defensorías, esta Procuración General, en junio del año 2013, en oportunidad de emitir opinión con relación al proyecto de Ley Nº 2089/13, ingresado a la Cámara de Diputados de esta Provincia, de autoría de los Diputados Fabricio Nelson Bolatti y Héctor Daniel Trabalón, en el que se propuso la creación de siete defensorías oficiales en lo Civil, Comercial, Laboral y Familiar.
Entre ellas, dos defensorías oficiales con funciones en la Primera Circunscripción Judicial y una defensoría oficial con funciones en cada una de las cinco circunscripciones restantes, con la consiguiente incorporación de los siete cargos a la estructura de cargos del Poder Judicial y la autorización para dotar de funcionarios y empleados necesarios al momento de su puesta en funcionamiento, destaqué la importancia del proyecto de ley, en virtud de los fundamentos en que se inspiraba y en la necesidad imperiosa de contar con nuevas defensorías oficiales con funciones en la provincia y especialmente, la urgencia de contar con dos defensorías oficiales más con la competencia en trato, con funciones en la Primera circunscripción Judicial reiterando que esta circunstancia fue puesta de manifiesto en reiteradas oportunidades desde el año 2000, por esta Procuración General, ya que el 14/06/99 las defensorías oficiales de Pobres, Ausentes e Incapaces N.º 8 y 9, se transformaron en asesorías de menores para dar cumplimiento a la ley 4369 que puso en funcionamiento el Juzgado del Menor de Edad y la Familia con dos titulares.
Además enfaticé que, en relación al artículo 3º del proyecto de ley, que facultaba al Superior Tribunal de Justicia y a esta Procuración General a determinar la dotación de funcionarios y empleados necesarios para la puesta en marcha de las defensorías creadas, era oportuno tener en cuenta la necesidad e importancia de atribuir secretarios letrados a todas las defensorías oficiales y asesorías de menores de todos los fueros que funcionan en la provincia, funcionarios que, entiendo, deberán contar con el cargo de secretario de Primera Instancia.
En lo que respecta a las cuestiones edilicias, el edificio que actualmente ocupan las defensorías ha sido refaccionado a través de una obra ejecutada por la Dirección de Administración del Poder Judicial, que insumió cuatro meses de trabajo del personal afectado al Departamento de Mantenimiento de este poder.
Por último es preciso resaltar que los Equipos Interdisciplinarios que funcionan en nuestra Provincia desde el año 1999 en la Primera Circunscripción, fueron replicándose por decisión del Superior Tribunal de Justicia en las demás Circunscripciones de la Provincia y son destacados como ejemplo en todas las Jornadas Nacionales de los Ministerio Público, en la que participan Fiscales, Defensores y Asesores de todo el país.