Piden conocer las acciones realizadas sobre prevención y control de Chagas
Las provincias del norte del país, en especial Chaco y Formosa, son consideradas críticas en cuanto a la posibilidad de que determinado sector de la población pueda contraer el mal de Chagas y por eso se hace indispensable el cumplimiento de la normativa nacional 26.281 de Prevención y control del Chagas, a la que el Chaco adhirió en todos sus términos. En este sentido y en apoyo al 5º Encuentro Nacional de Personas Afectadas por Chagas y la 4ª Asamblea General de la Federación Nacional que tendrá lugar en abril de 2016, la Defensoría del Pueblo del Chaco pidió a los Ministerios de Salud, Educación y de Gobierno, informe respecto al cumplimiento de distintos artículos de la ley y en caso de incumplir dar cuenta de los motivos y las medidas adoptadas al caso.
Los considerandos El Defensor del Pueblo Gustavo Corregido, en la solicitud que hace pretende conocer si la ley se cumple fiel y completamente en toda la provincia, y específicamente a lo que hace a distintos artículos a la que adhirió la provincia a través de la normativa 6.105 aprobada en 2008, por la que entre otras cosas se declaró obligatorio el examen serológico para niños y adolescentes al ingreso al nivel primario y secundario, debiendo ser anuales los exámenes para las zonas con mayor incidencia del mal de Chagas. El defensor resaltó que la federación se encuentra instituida con el propósito de dar voz y voto a las personas afectadas con Chagas, sus familiares y amigos, comprometidos solidariamente por esa problemática bajo el paradigma de la pobreza. Uno de los puntos del orden del día será inclusión como miembro pleno derecho de nuevas organizaciones de personas afectadas por Chagas y por tal motivo “se necesita la representación de chaqueños y el compromiso de toda la sociedad a fin de prevenir la enfermedad para lo cual la Defensoría apoya el programa. Por eso en representaciones de los intereses de los habitantes de la provincia es que solicito información a los ministerios”.
A conocer La ley nacional fija como estrategia de atención primaria de la salud, la prevención y control de todas las formas de transmisión de la enfermedad de Chagas, hasta su definitiva erradicación de todo el territorio nacional. Asimismo entre los puntos que se solicita conocer su cumplimiento es el que hace mención al pedido de colaboración técnica y ayuda financiera para la formulación o desarrollo de programas; Desarrollar y auspiciar actividades de educación sanitaria, investigación y capacitación continua específica, que propicie programas de capacitación sobre la enfermedad de Chagas a los integrantes de los equipos de salud provinciales y de los servicios médicos de las aseguradoras de riesgo de trabajo. También apunta a saber las acciones de educación sanitaria desplegadas en los medios de difusión masivos y en las instituciones educativas. Cabe destacar que la normativa dispuso la obligatoriedad de la realización y la notificación de las pruebas diagnósticas establecidas según Normas Técnicas del Ministerio de Salud, en toda mujer embarazada, en los recién nacidos, hijos de madres infectadas, hasta el primer año de vida y en el resto de los hijos, menores de 14 años de las mismas madres y, en general, en niños y niñas al cumplir los 6 y 12 años de edad. Asimismo son obligatorios los controles serológicos en donantes y receptores de órganos, tejidos y de sangre a transfundir. Los análisis deben ser realizados por establecimientos sanitarios públicos y privados de todo el territorio nacional, de acuerdo con normas técnicas de diagnóstico del Ministerio de Salud. Por lo que se espera el aporte de datos sobre esto. También en el ámbito educativo se dispuso que se deba procurar la inclusión permanente en la curricula escolar, de un programa educativo, actualizado y obligatorio sobre la enfermedad de Chagas, su transmisión y medidas de prevención.