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PROTECCIÓN PARA MENORES
Lunes, 31 de marzo de 2014
Promueven ley para advertir los riesgos de la radiación por el uso de celulares
Proyecto de ley en la Cámara de Diputados promueve una serie de medidas que buscan advertir a la sociedad sobre los riesgos de la exposición de radiación que emiten dispositivos móviles, especialmente en los niños.

La iniciativa busca prohibir la publicidad de los teléfonos móviles dirigidos a niños menores de 13 años y obliga a las compañías telefónicas a informar el valor de radiación de cada aparato.

Mongeló expresó que “según la Agencia Internacional para la investigación sobre el Cáncer (IARC, 2011), puede haber un aumento del riesgo de cáncer cerebral debido al uso intensivo de un teléfono móvil. Por lo tanto, la IARC ha clasificado la radiofrecuencia como ´posiblemente cancerígenos`.”

El legislador sostuvo que “algunos estudios de la radiación gradual los califican como inofensivos, otros lo ven como una amenaza, pero si como Estado no se actuamos en la prevención en lugar de actuar solo cuando las primeras enfermedades graves de la radiación del teléfono celular se confirmen sería imperdonable”.

En tanto, el diputado argumentó que “si bien en nuestro país los menores de edad no pueden adquirir por si solos un aparato de estas características, pero evitar su promoción y comercialización en el mercado a fin de protegerlos de los riesgos posibles es un deber preventivo del Estado”. Mongeló resaltó que “hay que tener en cuenta que ésta será la primera generación de humanos que nacen con la telefonía celular incorporada culturalmente desde su origen”.



EL PROYECTO DE LEY

De aprobarse la iniciativa, el artículo 2 bis a la ley 25.891, de Servicios de Comunicaciones Móviles, quedaría redactada de la siguiente manera: Prohíbase la publicidad, promoción, distribución, entrega, venta u obsequio de telefonía móvil destinada a menores de hasta 10 (diez) años de edad.

Por otra parte, el proyecto de ley prohíbe toda publicidad y promoción de aparatos de telefonía móvil que se realice dentro de lo que establezca la legislación, deberá contener una leyenda que advierta la tasa de absorción específica (SAR). SAR (Specific Absorcion Rate) significa Tasa de Absorción Especifica, que es la unidad de medida de la cantidad de energía de radiofrecuencia absorbida por el organismo al emplear un teléfono celular. El valor SAR es diferente para todos los teléfonos móviles.

El valor SAR tendrá que ser indicado junto con las otras especificaciones técnicas, no solo en las tiendas, sino también para las ventas a distancia a través de internet. Dicho valor deberá estar destacado en la caja original o envoltorio del fabricante del teléfono móvil y visible para el público en general en las tiendas y/o puestos de comercialización.


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