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Jueves, 31 de mayo de 2018
Una condena ejemplar al terrorismo de Estado en la ex Brigada de Investigaciones
Se condenó con altas penas a once de los doce imputados, reconociendo por primera vez la comisión de privaciones ilegítimas, delitos de violencia sexual, y dos casos de desapariciones forzadas en la ex Brigada de Investigaciones. La única absolución, de Miguel Pellozo, con un hecho imputado, será apelado en casación.


Se hizo esperar, pero cumplió con las expectativas de sobrevivientes y organismos de DDHH, en tiempos en los que el contexto social y político amenaza con desandar el camino de Memoria Verdad y Justicia de los últimos años, y por ello este cuarto Juicio y Castigo es una grata y hasta sorpresiva noticia. Con once condenas por altas penas de prisión y una absolución, y el reconocimiento de la existencia de un plan sistemático detenciones ilegales, violencia sexual, y desapariciones forzadas, la sentencia de la causa Caballero II fortalece la reconstrucción del funcionamiento del centro clandestino de la Brigada de Investigaciones, el centro neurálgico del terrorismo de Estado en el NEA, que diera inicio la causa Caballero I, ocho años atrás.

En el dictamen dado a conocer en la mañana de este jueves 31, se dan por comprobados el 99% de los hechos denunciados y se confiere valor de verdad a los testimonios de los detenidos y detenidas por razones políticas a lo largo de los debates, y a las pruebas documentales y de contexto ofrecidas durante los casi dos años de juicio oral desde sus inicios en junio de 2016.

Esto es así en tanto si bien los fundamentos podrán conocerse el 13 de agosto, las condenas aportan elementos que no formaron parte de la causa anterior, en la cual se condenó con altas penas pero sólo por la comisión de torturas. En este segundo proceso se profundizó el juzgamiento en el sentido de condenar por privación ilegítima de la libertad como delito, esto es, pasar a considerar que desde sus inicios los operativos de detención a militantes estuvieron fuera de la ley, sin orden judicial, sin defensores, bajo clandestinidad y en condiciones degradantes. Otra cuestión para nada menor tiene que ver con el inédito y contundente reproche penal por los dos hechos de violencia sexual imputados a Gabino Manader y Albino Borda. Por ello, este último fue condenado por 21 años por 4 hechos, pero se tuvo en cuenta las violaciones que se le imputaron, de forma tal que Manader y Rodríguez Valiente, ambos como más hechos, recibieron una condena cercana en la cuantía, a 25 años y 20 años respectivamente.

La tercera cuestión de suma importancia es la condena por desaparición forzada, la primera en lo que hace a crímenes investigados en la ex Brigada. Se trata del secuestro del matrimonio de Pedro Morel y Sara Ayala, vistos con vida por última vez en los calabozos de la Brigada. De este modo la sentencia pone blanco sobre negro la responsabilidad y participación del Ejército junto con la Policía del Chaco en el destino final de la pareja mencionada, y asimismo refuerza la hipótesis respecto de otros cuatro casos similares, también de militantes del Partido Revolucionario de los Trabajadores.

La sentencia fue leída por el presidente del tribunal Eduardo Belforte, flanqueado por los jueces Aldo Alurralde y Juan Manuel Iglesias, cuando faltaba muy poco para las 13 h, ante una sala de audiencias repleta, con organizaciones sociales y organismos de DDHH y particulares congregados en la vereda y la calle del Tribunal Oral.

CONDENADOS

Gabino Manader fue condenado a 25 años de prisión por 10 casos de tormentos y privación ilegítima de la libertad y un caso de violación.

José Rodríguez Valiente, condenado a 20 años de prisión, por 7 casos de tormentos y 6 de privación ilegítima de la libertad, de ellos, 2 casos de desaparición forzada (matrimonio Ayala Morel).

Ramón Meza condenado a 19 años por 6 casos de tormentos y privación ilegítima en 5 hechos, 2 por desaparición forzada.

José Marín (alias “cabo Sotelo”, el acordeonista,) a 18 años de prisión, por 5 hechos de tormentos y 6 de privación ilegítima, 2 de desaparición forzada.

El militar Luis Alberto Patetta, condenado a 19 años de prisión, con 6 casos de tormentos y 6 de privación ilegítima y 2 desapariciones forzadas.

Jorge Ibarra fue condenado a 12 años de prisión por 2 casos de tormentos y2 de privación ilegítima de la libertad.

Enzo Breard, recibió la pena de 18 años de prisión, (5 hechos de tormentos y 5 de privación ilegítima, 2 de desapariciones forzadas).

El ex militar José Tadeo Bettolli fue condenado a 12 años, por 2 hechos de privación ilegítima y de desaparición forzada.

Albino Borda a 21 años de prisión por 4 hechos de tormentos y privación ilegítima de libertad, 2 hechos de desaparición forzada y por “abuso sexual calificado”.

Musa Azar y Miguel Garbi, policías de Santiago del Estero, cada uno con la imputación del caso de la detención y abusos a una detenida política, fueron condenados a 10 años de prisión.

El único absuelto es Miguel Pellozo, quien fue llevado a juicio por la detención y torturas a Carlos Aranda, con la dificultad de que si bien fue reconocido por fotografías de la época como interviniente en el centro clandestino de Marcelo T. de Alvear 32, en su legajo consta que no estuvo en la Brigada en el año 1976. No obstante desde la fiscalía adelantaron que se realizará una apelación ante Casación por este caso.

CABALLERO II

La causa Caballero II (llamada así por el represor que encabezaba la nómina de imputados del primer juicio por torturas en la Brigada, Humberto Lucio Caballero, fallecido) comenzó su etapa de juicio oral el 16 de junio de 2016, y se caracterizó por testimonios de sobre la crueldad extrema de los represores imputados, que “hicieron lo que quisieron, sin límites de ningún tipo y fuera de los patrones de lo que uno entiende como comportamiento humano”, según precisó una de las últimas declarantes.

El tribunal, estuvo integrado por los jueces Eduardo Belforte (presidente, de Formosa), y Mario Alurralde (de Reconquista) Juan Manuel Iglesias y Delfina Deogens, (de Resistencia). provincia.

El fallecido- condenado en 2010- Lucio Humberto Caballero fue uno de los represores de más alto rango en la Brigada de Investigaciones, y en razón de encabezar la nómina de imputados, los procesos por torturas en el citado centro clandestino de detención heredaron su nombre, si bien lo más correcto sería catalogarlos como la causa Brigada. La acusación fue realizada por la Fiscalía Federal, representada por los doctores Carlos Amad, Diego Vigay y Patricio Sabadini y las querellas, en representación de la Secretaría de DD HH de la Nación del dr. Mario Bosch, hasta su fallecimiento, y consiguiente incorporación de Manuel Brest, de Corrientes, y de la Secretaría de DD HH de Provincia, representada por el Dr. Paulo Pereyra y la Dra. Silvina Canteros. Juan Manuel Costilla, ejerció la defensa oficial de la totalidad de imputados a excepción de Miguel Pellozo, defendido por el Dr. Néstor Cáceres.



Prensa Comisión Provincial por la Memoria Chaco


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