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STJ
Lunes, 22 de mayo de 2017
Realizaron charla sobre uniones convivenciales
Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, además de abogados interesados en el tema asistieron el viernes a la clase de Eduardo Roveda, quien explicó detalles de la nueva normativa en torno a las uniones convivenciales y contratos prenupciales en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

La actividad fue coorganizada con la Asociación de Mujeres Juezas Argentinas – AMJA-, y el Centro de estudios Judiciales del Chaco, y forma parte del programa académico que AMJA ha dispuesto para todas las provincias.

Marta Verón, en representación de AMJA presentó al disertante, quien es un destacado especialista en el tema y funcionario de la Secretaría Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires; docente universitario y coautor de los libros Régimen de Bienes del Matrimonio y Manual de Derecho de Familia.

La charla
Roveda realizó un pormenorizado análisis sobre el régimen de bienes del matrimonio y el novedoso régimen de uniones convivenciales.

Sostuvo que en el nuevo código Civil y Comercial “en materia de derechos de familia hay grandes cambios” y que tal vez “el principal es esto del principio general de igualdad (o de libertad)”.

La gran novedad del nuevo código, señaló, es “en materia de derechos y deberes personales del matrimonio, en ese aspecto es ahora un proyecto denominado autorreferencial: los cónyuges se comprometen a un proyecto en común y pueden elegir el régimen tradicional, o uno de separación de bienes”.

“De alguna manera era indispensable la reforma en el tema bienes de matrimonio, porque el régimen era caótico”, aseveró el especialista, y añadió luego que “a partir de la reforma nuestro régimen pasó de ser legal imperativo, a otro que se llama convencional supletorio”.

De todos modos Roveda planteó reparos frente a determinados aspectos de la nueva normativa. Por ejemplo, que en la sociedad actual todavía no es real la igualdad de derechos. “La mujer no accede a cargos de mejor remuneración. Lo que se llama el techo de cristal. Miren los poderes judiciales. No llegan a determinados cargos. Es más, en muchas ocasiones hay autodiscriminación de las propias mujeres. Ellas mismas son las que discriminan a veces”, afirmó.

En cuanto al tema Uniones convivenciales, lo definió como “el concubinato de antes” y marcó la importancia del cambio de denominación porque “siempre que se enunciaba la palabra `concubinato´ era como causal de pérdida de derechos”.

En este tema se advirtió la necesidad de “regular los efectos y los alcances de la unión convivencial”, debido a que “4 de cada 10 parejas en Argentina conviven sin estar casados”, explicó. También en este caso planteó sus reparos: “Va a ser complejo porque se ha vendido a la unión convivencial como igual al matrimonio, y no lo es”, aseguró, y también opinó que “la ley previsional va a seguir teniendo su propia regulación diferente a la de uniones convivenciales”.


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