Plantea la modificación del artículo 173 del Código
Martes, 25 de octubre de 2016
Panzardi promueve la agilización de la Justicia Penal en el Chaco
La Diputada Provincial, Claudia Panzardi, se encuentra abocada al estudio, elaboración y presentación de proyectos de ley con el objeto de lograr agilizar el proceso penal en el Chaco.
En este sentido y con la finalidad de interactuar con los operadores que participan del sistema punitivo provincial, la diputada se reunió la semana pasada con los representantes del Instituto de Derecho Penal Hans Welzel, dependiente del Consejo de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción de la provincia.
En aquella reunión, al tiempo de explicar los proyectos en los que se encuentra trabajando, alguno de los cuales ya ha sido formalmente presentado por ante la Cámara de Diputados, la legisladora provincial recabó información que resulta de interés al abogado que ejerce la profesión en forma liberal, coincidiendo todos los presentes en la necesidad de eliminar ritualismos inconducentes y superabundantes que solo entorpecen el proceso penal y lo dilatan en el tiempo.
Proyecto de ley
En este marco, la legisladora presentó el proyecto de Ley N°4183, por medio del cual se plantea la modificación del artículo 173 del Código Procesal Penal de la Provincia. Si es aprobado por la Legislatura, este artículo, referido a las citaciones que se dan en el proceso penal, quedaría redactado de la siguiente manera:
“Artículo 173: CITACION. Cuando sea necesaria la presencia de una persona para algún acto procesal, el tribunal ordenará su citación. Esta será practicada de acuerdo con las formas prescriptas para la notificación, salvo lo dispuesto por el articulo siguiente, pero, bajo pena de nulidad, en la cédula se expresara: el tribunal que la ordeno, su objeto y el lugar, día y hora en que el citado deberá comparecer.
Si algunos de los sujetos requeridos para el acto no compareciere dentro de la media hora posterior al horario ordenado; se suspenderá el mismo a petición de cualquiera de los presentes y se dejará constancia de quienes comparecieron.
El presente artículo será obligatorio y se hará extensivo a todas aquellas audiencias donde se ordena la comparecencia de terceros”.
Fundamentos
Entre los fundamentos del proyecto, la legisladora destaca que es una preocupación creciente tanto de abogados como operadores del sistema judicial en el fuero penal la falta de respeto de los horarios que se fijan para las audiencias y distintos actos procesales en los cuales se requieren la presencia de alguno de los sujetos obligados.
“Es así que se ha vuelto práctica común de los distintos juzgados y Equipos Fiscales que para comenzar una audiencia se constate la presencia del abogado particular o incluso del defensor oficial para luego proceder recién a comunicar al magistrado o Representante del Ministerio Público Fiscal que las partes se encuentran presentes, y así dar comienzo a la audiencia, ocasionando de este modo un dispendio de tiempo en perjuicio de los abogados del foro como de los asistidos”, indica el proyecto.
“De igual manera se vulnera y minimiza el ejercicio de la profesión en actos como la Declaración de imputados (indagatoria) para lo cual se cita al abogado junto al cliente y una vez presentes el equipo fiscal recién procede a confeccionar el hecho a endilgar, haciéndonos esperar por horas en las inmediaciones del juzgado”, añade.
“En este punto es dable notar que el abogado que ejerce la profesión en forma privada, de ninguna manera se encuentra en pie de igualdad con los agentes del Poder Judicial. Esta práctica que se ha vuelto costumbre atenta no sólo contra sus derechos y los de sus clientes; sino también contra principios de raigambre constitucional como ser el derecho de defensa y debido proceso”, sostiene.
“Se podrá notar en este punto que el Sistema Judicial conserva aún vestigios inquisitivos donde algunos juzgadores demuestran su poder al resto, haciendo notar que no existe igualdad ya que son los que manejan los tiempos a su conveniencia y pueden no respetar los mismos”, afirma. La legisladora ejemplificó que si por ejemplo “un imputado en situación de libertad no comparece a la hora fijada se podría ordenar su detención, pero nada pasa cuando el que no respeta los horarios estipulados es el funcionario judicial”.
“En este sentido se entiende que una reforma al Digesto ritual para la cuestión criminal tendiente a regular la problemática favorecería no sólo al abogado sino también al poder Judicial toda vez que se ahorrarían recursos y tiempo”, afirma.
“De esta forma se ordenarían las audiencias y actos en lo que se requiere la presencia de las partes, ordenándose de esta forma además la agenda de los funcionarios, ya sea Fiscales, jueces, defensores oficiales y abogados particulares”, asegura.
“Entonces surge que el presente proyecto tiende a permitir a los funcionarios judiciales tener una agenda organizada, como así también al abogado particular. Es menester hacer respetar la profesión de abogado frente al arbitrio de un sistema que todavía posee tintes inquisitivos pero que con el aporte de los funcionarios judiciales cada vez es menor”, finaliza.