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PODER LEGISLATIVO
Jueves, 4 de agosto de 2016
Bogado propicia una ley que contenga un programa de educación especial para alumnos con Talentos Especiales
La diputada justicialista Beatríz Bogado presentó el PL 2910,16 a través del cual propicia se cree el Programa Provincial de Educación Especial para Alumnos/as con Talentos Especiales en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Tecnología de la Provincia del Chaco en virtud de lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley Nación No 26.206 ­ Ley de Educación Nacional

La normativa contempla ocho artículos y entre ellos determina que este instituto esta destinado a

facilitar la organización de programas a desarrollarse en los establecimientos comunes para la

detección temprana, la ampliación de la formación y el seguimiento de los alumnos/as con talentos

o capacidades especiales.

Propone además que a los efectos de la presente ley, se consideran alumnos/as con talentos o

capacidades especiales a aquellos individuos que en relación a los parámetros de medición

estandarizados presentan aptitudes excepcionales en el área intelectual, psicofísica o artística.

Asimismo plantea que el Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Tecnología de la Provincia

del Chaco en coordinación con el Consejo Federal de Cultura y Educación de la Nación,

promoverá la información necesaria para que la sociedad en general y la comunidad educativa en

particular, colabore en el reconocimiento y apoyo de los alumnos con talento o capacidad

especiales.

Bogado argumenta que el presente proyecto de ley “recoge la inquietud de vastos sectores de la

comunidad educativa en particular y de la sociedad en general que está comenzando a comprender

más cabalmente la problemática de los talentosos o capacidades especiales”. Sin embargo advierte

que “estos sujetos todavía suelen presentarse como prodigios de la naturaleza, supernidos

interesantes para la noticia fugaz, o bien como individuos cuya atención requiere de una educación

elitista a cargo de docentes que a su vez y necesariamente deben ser superdotados”.

Afirma que “la verdad es que la sobredotación constituye un fenómeno social estadísticamente tan

corriente como la discapacidad: su tratamiento no exige ni escuela ni docente de elite sino una

adecuada especialización educativa y profesional y una atención por parte de la comunidad que no

requiere de inversiones económicas significativas porque puede apoyarse en las instituciones

gratuitas preexistentes” y sostiene que “en Argentina a partir de 1993, con la sanción de la Ley

Federal de Educación, se contempló por primera vez la existencia y la atención de alumnos con

necesidades educativas diferentes a la media de la población por sus capacidades o talentos

especiales” planteó la legisladora como parte de los fundamentos de su iniciativa.


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