Transporte interprovincial: Declaran inaplicable el aumento de tarifa
La Cámara Federal de Apelaciones dio lugar al amparo presentado por el defensor del Pueblo, Gustavo Corregido y declaró “inaplicable” el instrumento por el cual se ordenó el aumento de tarifa en el servicio transporte público que une a Chaco y Corrientes. A más de dos años de la presentación judicial en la cual se cuestionaba la falta de una Audiencia Pública previa al incremento del precio del boleto, el ombudsman celebró que finalmente el dictamen sea a favor “del debate que otorga participación al ciudadano”.
La resolución del Tribunal también exhorta a la Delegación regional de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a que arbitre los medios para dar participación en la discusión de la tarifa del servicio público interprovincial de pasajeros al defensor del Pueblo de la Provincia de Chaco.
“Vamos a seguir insistiendo en esto porque los usuarios necesitan contar con información que deje en claro la transparencia de los actos administrativos y en ese contexto las audiencias públicas son herramientas fundamentales para que los empresarios expliquen los motivos del aumento y no abusen de un servicio público”, destacó el ombudsman.
En primera instancia, el juez del Juzgado Federal de Resistencia, Carlos Skidelsky, había demorado un año para rechazar el amparo que interpuso el defensor chaqueño sobre este aumento, apartándose de la doctrina que asimila a la Audiencia Pública como una garantía constitucional del artículo 42 de la Constitución Nacional e insólitamente en ese fallo fue en contra de lo que sostiene la jurisprudencia.
Sobre esto Corregido elogió que en el fallo de segunda instancia “se eviten sentencias judiciales contradictorias a lo que había marcado sobre el mismo tema el Superior Tribunal de Justicia del Chaco este año y la Cámara Contenciosa Administrativa Federal en junio de 1998”, concluyó.