Miércoles, 4 de Febrero de 2026
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JUECES SUBROGANTES
Viernes, 6 de noviembre de 2015
Rozas: La decisión de la corte recupera el cauce institucional de la justicia
El Senador Nacional y miembro del Consejo de la Magistratura de la Nación, Angel Rozas, manifestó su satisfacción por el fallo unánime de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declara la inconstitucionalidad de las leyes que sancionó el gobierno nacional para nombrar jueces subrogantes al determinar que la norma es inválida porque afecta la independencia judicial y la garantía de juez natural. Cabe destacar que también declaró inválido el reglamento de designaciones de subrogantes del Consejo de la Magistratura y de todas las listas de conjueces

Consultado al respecto, Rozas recordó que “Comparto los principios de este

trascendente fallo que personalmente había expresado en mi proyecto de Ley

N° 2620/15 sobre procedimientos para la designación de jueces subrogantes

de tribunales inferiores que sostiene la premisa de afianzar una justicia

independiente y donde el nombramiento de los jueces debe ser conforme a un

sistema objetivo e imparcial, no pudiendo sortear la necesidad de concursos”.

“Por lo tanto no podemos menos que congratularnos de esta decisión de la

Corte Suprema que recupera el cauce institucional de la justicia según los

principios de la Constitución, al respecto resulta de suma utilidad recordar las

expresiones como constituyente de Raúl Alfonsín en su discurso de apertura de

la Convención de 1994, al señalar que: “...sin un Poder Judicial independiente

e idóneo resulta imposible controlar los actos de gobierno y garantizar los

derechos de los habitantes. Las reformas propuestas en el despacho que

defendemos tienden a otorgarle independencia e idoneidad al Poder Judicial…

Toda norma que pueda implicar alguna limitación a la independencia

del Poder Judicial a la independencia e imparcialidad de la composición

del Consejo de la Magistratura… debe considerarse que vulnera el

espíritu de la Constitución y contradice la intención del Constituyente.”

(Alfonsín Raúl, “Núcleo de Coincidencias Básicas” LL 1994-D, 824).


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