Se intenta coartar la libertad de expresión de jueces y fiscales
El gobierno nacional presiona por todos los medios a su alcance para diluir la marcha convocada al cumplirse un mes del fallecimiento del Fiscal Federal Alberto Nisman, para rendir tributo a su memoria.
Frente a ello he promovido en la Cámara de Diputados de la Nación un pronunciamiento para rechazar las advertencias y amenazas públicas a los magistrados que asistan a dicha marcha, que ha lanzado el apoderado del PJ, Diputado Nacional Jorge Landau diciendo: “vamos a recusar a los fiscales y jueces que participen de la marcha”.
Entiendo que se trata de un gesto claro de autoritarismo que, desde el ámbito oficial, agrede la libertad de expresión y compromete el principio constitucional de independencia de la justicia en nuestro país.
La libertad de expresión de los funcionarios judiciales no sólo está permitida por la Constitución y las leyes, sino también por los Tratados Internacionales de que nuestro país forma parte.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que “…la trascendente función democrática de la libertad de expresión exige que en determinados casos los funcionarios públicos efectúen pronunciamientos sobre asuntos de interés público en cumplimiento de sus atribuciones legales. En otras palabras, bajo ciertas circunstancias el ejercicio de su libertad de expresión no es solamente un derecho, sino un deber…”
Es decir, la libertad de expresión de los magistrados y funcionarios judiciales, no solo es un derecho, sino que muchas veces se convierte en un deber de expresarse, en función del interés público.
En el mismo sentido, en un documento emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que cito en mi proyecto se sostiene que “…los jueces, fiscales, defensores y defensores públicos en tanto que funcionarios públicos gozan de un amplio derecho a la libertad de expresión, el cual además es necesario para explicar a la sociedad, algunos aspectos de interés y relevancia nacional. Sin embargo, este derecho encuentra restricciones especiales que están relacionadas con las garantías que deben ofrecer para los casos que se encuentran a su cargo…”
Por lo tanto, de acuerdo a los postulados del sistema interamericano de protección de los derechos humanos de los que la Argentina forma parte y los principios establecidos por nuestra normativa legal y constitucional (Arts. 109 y 120 C.N.) solamente puede limitarse el derecho de expresión de un funcionario del Poder Judicial o del Ministerio Publico Fiscal, cuando sus manifestaciones se refieran al caso judicial que debe resolver o que tiene entre manos.
Todos los funcionarios judiciales, sean jueces o fiscales que no lleven el caso abierto por la muerte de Nisman, pueden expresarse como lo desean, sin que sus manifestaciones constituyan causal de recusación o excusación, para apartarlos de su misión de proveer Justicia. De igual manera, debe entenderse que aquellos funcionarios que intervengan en el caso Nisman, pueden hacer declaraciones públicas y manifestarse con entera libertad, siempre que no comprometan ni interfieran o condicionen su labor.
La democracia exige que los jueces y fiscales puedan actuar con independencia y libertad. Como vemos, es un principio que no puede condicionarse por amenazas públicas para limitarlos en su libertad de expresión, - ni en el ejercicio de ninguna de sus funciones-, y que rige no solamente en nuestro país, sino en todo el sistema interamericano de derechos humanos.
Con ello he sostenido la necesidad de defender la vigencia de la libertad de expresión de los jueces y fiscales, una de las primordiales garantías democráticas en nuestro país. Como tal, se inscribe en la lucha contra la impunidad y la corrupción y por la defensa de la independencia judicial y de los derechos humanos fundamentales, como un quehacer permanente y obligado de nuestra representación popular.