Miércoles, 6 de Agosto de 2025
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Incrementan sanciones
Jueves, 4 de septiembre de 2014
Establecen multas y detenciones en casos de maltrato animal
La Legislatura aprobó la ley 7452 de autoría del diputado Carlos Martínez, por la que se modifica el artículo 124 de la ley 4209 - Código de Faltas de la Provincia del Chaco-, incrementando las sanciones correspondientes a casos de maltrato animal.


La nueva redacción establece que será sancionado con multa equivalente en efectivo de hasta 6 remuneraciones mensuales, mínima, vital y móvil o arresto de hasta 60 días, el que cometiere un acto de crueldad contra un animal o lo maltratare o le impeliere a fatigas manifiestamente excesivas. Si como consecuencia de lo establecido en el párrafo anterior resultare la muerte del animal, la sanción será de hasta 90 días de arresto de cumplimiento efectivo.

El diputado Carlos Martínez manifestó que esta norma “tiene por objeto incrementar las sanciones para los casos de actos de crueldad y maltrato animal, queremos elevar la protección de los animales domésticos, especialmente, ante actos de maltrato y crueldad en consonancia con los nuevos criterios de considerar a la biodiversidad como entidad de derechos, es decir, volver a retomar la concepción de que el ser humano -especie animal que se alza sobre el planeta tierra- es una de las últimas especies en aparece en la naturaleza y muchas veces se considera la especie hegemónica predominante arrasando con todo lo que es el entorno natural preexistente del cual emergió”.

Hizo hincapié en “la conciencia de que los animales no solo forman parte de la biodiversidad sino que relaciones con el reino animal mejoran y elevan nuestra condición humana, es dato irrefutable de la realidad que a una parte importante de la sociedad le repugna la violencia contra los animales y corresponde que avancemos en las modificaciones de estas normas, fundamentalmente destinadas a reforzar la protección de los derechos de los animales”.

Destacó que “así lo entendió también el STJ que fue conteste con este proyecto y por acuerdo de los 5 jueces del tribunal tomaron la decisión de apoyarlo en consonancia con los nuevos parámetros de que la protección de la biodiversidad es facultad concurrente entre el orden Nacional y provincial, lo que avala desde el punto de vista constitucional esta reforma que pretendemos”.

El diputado Juan José Bergia solicitó el archivo de la iniciativa, fundamentando su posición en que “la misma conducta que está tipificada en el Código Penal es la que tipificamos como contravención, por eso sostenemos que viola los principios del derecho y el respeto a la legalidad, todos estos delitos están tipificados también en la Ley 14.346”.

Finalmente, la norma fue aprobada con 20 votos a favor, 5 por su mantenimiento en cartera, el voto por el archivo del diputado Bergia y las abstenciones de los diputados Orlando Charole y Amelia Clide Monzón.


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