Impuesto inmobiliario: El Municipio debe informar de dónde saca el valor de mercado
La juez Civil y Comercial N° 9, Alicia Susana Rabino, hizo lugar a la acción de Hábeas Data, interpuesta por el Defensor del Pueblo, Gustavo Corregido contra Municipalidad de Resistencia y/o Concejo Municipal, ordenando que informen en el término de 20 días la fuente o cómo se obtiene el valor venal o valor de mercado correspondientes a los inmuebles situados en el Ejido municipal de la ciudad de Resistencia, a fin de que los ciudadanos puedan ejercer el derecho de defensa que les pudiere corresponder.
La resolución de la magistrada recae en la acción interpuesta por la Defensoría para conocer de dónde surge el valor empleado por la Municipalidad de la ciudad de Resistencia para fijar el impuesto inmobiliario. El Instituto recurrió a la Justicia luego de prácticamente un año y medio de intercambiar oficios, reuniones sin que la comuna capitalina prestara la información tal como se lo estaba solicitando.
Los pedidos de informes, e incluso una recomendación elevada por el Defensor del Pueblo al Concejo Municipal para que se deje sin efecto el último aumento del impuesto inmobiliario, estuvieron motivados en la verificación –ahora comprobada por la Justicia de que el Municipio viene incrementando anual y sistemáticamente en un 100% el impuesto inmobiliario desde el año 2012, sin que se pueda conocer cuáles son los valores que se tomaron para establecer ese aumento.
Entre las consideraciones que efectuó la juez Rabino, la demandada -que alega en el informe circunstanciado que de 89.880 propiedades, 56.241 no aumentaron más de $20 por bimestre; de 19.730 aumentaron entre $20 y no más de $50, y que 9.499 aumentaron entre $50 y no más de $100-, no ha podido explicar los aumentos del más del 50% y 100% en la valuación del metro cuadrado y del terreno que de un año para otro se observa con palmaria claridad de las cinco nomenclaturas catastrales” aportadas por la Defensoría como casos testigo.
Con lo expuesto, la juez consideró que la Municipalidad de Resistencia “no suministró información completa y precisa acerca del valor de mercado o valor venal utilizado para la actualización y aumento del precio del impuesto inmobiliario”, y estimó que “corresponde hacer lugar a la acción de hábeas data articulada por el Defensor del Pueblo, contra la Municipalidad de Resistencia y/o Consejo Municipal, y ordenar a dicho organismo para que en el término de 20 días, informe la fuente o cómo se obtiene dicho valor venal o valor de mercado correspondientes a los inmuebles situados en el Ejido municipal de la ciudad de Resistencia, a fin de que los ciudadanos puedan ejercer el derecho de defensa que les pudiere corresponder”.
La juez Rabino, para dictar el Hábeas Data, consideró que el Municipio omite en los informes presentados ante la Defensoría del Pueblo y en el informe circunstanciado presentado ante el Tribunal “informar cómo se obtiene el valor de mercado utilizado en la actualización del impuesto inmobiliario de las nomenclaturas catastrales allí consignadas, como de los valores consignados en los planos acompañados”.
Consideró también que, al no haber brindado información completa y precisa relativa a la determinación del valor venal de la propiedad, su modo de cálculo, y la fuente e indicador utilizado para ello, no está permitiendo a los contribuyentes ejercer, si así correspondiere, el derecho de defensa, que está siendo vulnerado al no poder conocer de manera cierta y adecuada la información en relación a la base imponible sobre el que se determina el impuesto que grava su propiedad.
Un caso dramático
Tras conocer el fallo, el Defensor del Pueblo recordó el caso de Fabio Javier Pérez, vecino de esta capital, quien solicitó su intervención luego de haber presentado un reclamo a la Municipalidad de Resistencia, en fecha 11 de febrero, indicando que un terreno suyo, de 10 x 40 metros, ubicado en Edison al 345, pasó de pagar 1.263 pesos por bimestre a 2.277 pesos.
Según la información aportada por el vecino, el año pasado pagó 1.263 pesos por bimestre, que se compone de un Impuesto Inmobiliario de 96,35 pesos, y un recargo por baldío de 1.059 pesos por bimestre. El terreno en cuestión tenía una valuación en el año 2013 de 160.848 pesos.
En el año 2014, esa valuación se actualizó a 270.000 pesos, debiendo abonar por bimestre 2277 pesos, que se componen de 175 pesos de Impuesto Inmobiliario y 1930 pesos de recargo por baldío, además de 168 pesos de Fondo de Infraestructura.
Fuera del caso específico de los años 2013 y 2014, el Sr. Pérez abonaba anualmente en concepto de Impuesto Inmobiliario, por ese terreno $ 8.787 en 2010; $ 2.092 en el 2011; $ 3.043 en 2012; $ 6937 en 2013 y deberá pagar hasta fin de este año 2014 la suma de $ 12.634.