Lunes, 4 de Agosto de 2025
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CUMPLIMIENTO DE HORARIOS DE TURNO
Viernes, 27 de junio de 2014
Quieren que farmacias atiendan durante feriados y días festivos
El proyecto de ley 2474/14 presentado por el diputado Rubén Guillon propone establecer la obligación para las farmacias de brindar atención al público durante las horas de turnos establecidos -ya sean diurnos o nocturnos- de manera que ninguna localidad de la Provincia carezca de servicio público farmacéutico por razones de horas o días festivos, en el lugar donde se efectúe la prestación.



En particular, la norma expresaría que “toda farmacia está obligada a cumplir horarios de turnos, servicios nocturnos o de días feriados que establezca la autoridad sanitaria, para asegurar la continuidad de las prestaciones que brinda. Deberán exhibir en lugar visible un cartel en el que consten los nombres y direcciones de las farmacias de la localidad que estén de guardia”.

Guillón argumenta que “el Estado tiene que velar por el estricto cumplimiento de las normas y disposiciones que rigen el ejercicio de las profesiones del arte de curar y entender en todo lo concerniente al funcionamiento de farmacias, producción y venta de drogas y medicamentos, y entender en el cumplimiento de las normas y disposiciones legales vigentes para el ejercicio de las profesiones del arte de curar, sus ramas auxiliares y funcionamiento de los establecimientos oficiales y privados donde se realizan acciones vinculadas a la salud humana”.
La iniciativa de este proyecto “surge específicamente de la recepción de numerosos planteos referidos a la necesidad de intervenir en el funcionamiento y atención comercial de las farmacias en general, y específicamente en lo atinente a la necesidad de la apertura de como mínimo, dos farmacias de turnos, simultáneas, en los centros de población de más de veinte mil 20 habitantes, con la finalidad de facilitar y ampliar las posibilidades de la adquisición de los distintos medicamentos”.

Destaca que “es el Estado el que debe establecer las normas básicas necesarias para garantizar la calidad del servicio que brindan los establecimientos farmacéuticos y todo lo atinente al funcionamiento en general”.




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