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En dos fallos difundidos esta semana
Sábado, 17 de mayo de 2014
Comercio multó a Telecom y la Justicia le dio la razón
La Cámara en lo Contencioso Administrativo confirmó dos multas impuesta por la Subsecretaría de Comercio del Chaco contra la empresa Telecom Personal en casos en lo que se violó la ley de Defensa al Consumidor. Remarcó la necesidad de que los usuarios tengan información “exacta y veraz”, además de ratificar la obligatoriedad del cumplimiento de los acuerdos conciliatorios.




Los fallos tienen fecha del 12 y 13 de mayo último y llevan la firma de los jueces Juan Carlos Soriano y Emilia Edda Enriqueta Villa de Umansky. En el primero, los magistrados ratificaron una sanción interpuesta por el Subsecretario de Comercio, Ricardo Marimón, y ratificaron que Telecom Personal deberá abonar una multa de 15 mil pesos e indemnizar a la usuaria afectada. En tanto que en el segundo, si bien la Cámara respaldó la sanción, consideró que la firma debería pagar la mitad de la multa.

El fallo del 12 de mayo está caratulado como “Telecom Personal SA S/Recurso”, expediente Nº5355 y se originó tras el recurso presentado por la telefónica ante un multa interpuesta por la Subsecretaría de Comercio. La misma surgió por una denuncia presentada por una vecina de Fontana a quien la firma la mantuvo sin servicio de telefonía fija durante cinco meses pero que aún así se lo seguían cobrando.

En abril de 2012 y al no tener tono en su teléfono, la mujer realizó el reclamo en Telecom donde le dijeron que el problema era del aparato. La vecina cambió de teléfono, pero el mismo seguía sin tono con el agravante que las facturas seguían llegando. Ante esta situación, la usuaria presentó una denuncia a Defensa del Consumidor de Fontana, la cual derivó en una audiencia conciliatoria, en donde Telecom aseguró que iba a reinstalar el servicio y le otorgaría una nota de crédito por $500.

Si bien el servicio le fue reinstalado en agosto de ese año, el crédito a favor de la usuaria le fue entregado de manera discontinua, incompleta y con escasa información en la factura, acción que violó a las claras el acuerdo conciliatorio, infringiendo así el artículo 46, de la Ley de Defensa al Consumidor (LDC); el artículo 4, en el cual se obliga a las empresas a dar información eficaz y correcta a los usuarios y el 19, sobre la obligatoriedad de las empresas de respetar términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos.

“En el caso en autos queda plasmado el incumplimiento de la empresa telefónica por cuanto prestó el servicio de manera deficiente, adicionándose a todo ello los cobros mensuales mediante facturas que hacía la proveedora por un servicio que no brindó debidamente produciéndose el incumplimiento de la relación contractual”, señalaron los jueces.

Otro fallo a favor de los usuarios

Por otro lado, el fallo fechado el 13 de mayo, está caratulado como "Telecom Personal SA s/ recurso", Expte. N 5389/13 y es el resultado de un recurso presentado por la empresa contra una disposición de la Subsecretaría de Comercio del 4 de febrero de 2013 donde se la vuelve a multar con 15 mil pesos por infringir los artículos 4 y 46 de la Ley de Defensa al Consumidor al mantener sin telefonía fija a una usuaria de Barranqueras quien estuvo seis meses sin servicio.

Si bien en dicha sentencia la Cámara ratificó la sanción al señalar que la firma no brindó información correcta a la usuaria respecto de la situación de su línea telefónica (se le informaba que la misma estaba activa cuando en realidad no lo estaba) ordenó reducir la multa ya que el acuerdo conciliatorio no arribó a ningún compromiso entre partes (no logró perfeccionarse) y, por lo tanto, no se violó el artículo 46 de la LDC. Es por eso que la pena a pagar por parte de la empresa telefónica quedó en $7500.

Al destacar ambas sentencias, el subsecretario de Comercio, Ricardo Marimón señaló que “estos fallos hablan a las claras que la Justicia le vuelve a dar la razón a la subsecretaría de Comercio y a los usuarios”. Añadió además que se continuarán recepcionando las denuncias contras las telefónicas las cuales, dado el caso y sus características, se derivarán a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) para su tratamiento.



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