Se sancionó la Ley 7386 que establece con carácter obligatorio en el ámbito de la Provincia del Chaco, la Libreta Deportiva de Prevención y Salud que será otorgada por los establecimientos dependientes del Ministerio de Salud Pública del Gobierno de la Provincia. Esta norma, promovida por la diputada Elda Pértile, tendrá por objeto la acreditación del estado de salud de menores y adultos que desarrollen actividades deportivas, previo examen médico correspondiente.
La Libreta contendrá los siguientes datos: Nombre completo y edad del menor, DNI, establecimiento educativo, domicilio, nombre y domicilio de los progenitores o tutor, anamnesis familiar con firma y aclaración de progenitores o tutor, resultado de los exámenes y firma del médico o autoridad competente establecida por la reglamentación de la presente ley.
Deberán poseer la Libreta Deportiva de Prevención y Salud en forma obligatoria todos los menores y adultos que intervengan en las distintas disciplinas deportivas, actividades en gimnasios, clubes deportivos e instituciones educativas y barriales públicas y privadas de la provincia, con el propósito de competencia o recreación de manera institucionalizada. La norma establece la gratuidad en el otorgamiento de la libreta, así como de los exámenes médicos
La diputada Pértile destacó que “este proyecto tuvo despacho en el día de la fecha en la Comisión de Turismo y Deporte, nutrido con opiniones favorables tanto del Ministerio de Salud como del Instituto del Deporte”. Agregó que “hemos tenido hechos de muertes súbitas de deportistas, es un tema que nos preocupa y veíamos con satisfacción que esta Legislatura venía ocupándose del abordaje de esta población de deportistas, con esta ley hacemos prevención de la salud obligatoria y permanente”.