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Artículo 5º de la ley 288-C
Miércoles, 7 de noviembre de 2018
Modifican ley que regula honorarios de profesionales abogados
La ley sancionada modifica el segundo párrafo del artículo 5º de la ley 288-C –antes ley 2011 y sus modificatorias- que Fija Honorarios Profesionales de Abogados y Procuradores-, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 5º: En los Juicios en que se demanden sumas de dinero o Bienes susceptibles pecuniarias, los honorarios de los abogados por las actuaciones de primera instancia o en tribunales colegiados de Instancia única, hasta la sentencia, serán fijados entre el once (11) y veintidós por ciento (22%) del monto del proceso, tomado como base regulatoria el capital más sus intereses con valores actualizados, a excepción de lo que dispone en el párrafo siguiente.

En ningún caso y en ningún tipo de proceso, los honorarios de los profesionales intervinientes podrán ser inferiores a un (1) salario mínimo vital y móvil nacional vigente en la Provincia al momento de practicarse la regulación.

La ley sancionada obtuvo 22 votos afirmativos y 1 en cartera del diputado Juan José Bergia. La propuesta fue impulsada por los diputados Gustavo Corradi, Carim Peche y Ricardo Sánchez.

En el Recinto el diputado Ricardo Sánchez precisó que “la ley actual establece que en ningún caso el honorario puede ser inferior a 7 mil Unidades Tributarias (UT) o un Salario Mínimo Vital y Móvil. Al no actualizarse las UT se fijan por el salario mínimo. Si bien estaban estas dos opciones, en la práctica hubo una conducta de fijar sobre el salario mínimo. El tema es que uno no se actualizaba y el salario mínimo resulta excesivo en aquellos casos donde las sumas son hasta similares o inferiores al salario mínima vital y móvil. Entonces proponemos respetar aquello que ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo vital y móvil pero con la salvedad que cuando el monto reclamado sea inferior a este mínimo vital y móvil en este caso no le damos opción y deberán regularse el 50% del salario de referencia” explicó el justicialista Sánchez.

Aseveró que “esto es un paso adelante en favor de la gente y en favor de los demandados en causas judiciales, `porque se van a encontrar con este limite y en esta modificación, que en los casos de sumas iguales o inferiores a este salario debe ser el 50% de los honorarios”

Sumando su apoyo a la iniciativa la diputada Gladis Cristaldo de Concertación Forja recordó una propuesta similar presentada en el proyecto 3821/10 del ex legislador Raúl Acosta que también se tuvo en cuenta en el trabajo legislativo.


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