Nuevo procedimiento para la recategorización cuatrimestral obligatoria del Monotributo
La Cámara de Comercio de Resistencia y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informan que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4104-E, oficializó el procedimiento denominado "Mi Categoría" correspondiente a la recategorización cuatrimestral obligatoria en el Monotributo.
La norma establece que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que, respecto del cuatrimestre calendario mayo/agosto 2017, deban encuadrarse en una nueva categoría, deberán efectuar su recategorización -sin excepción- hasta el 20 de septiembre de 2017.
En tanto, los pequeños contribuyentes que deban permanecer en la misma categoría, procederán a confirmar los datos declarados de acuerdo al cronograma que, según la categoría en la cual se encuentren encuadrados, se indica a continuación:
- Categorías F, G, H, I, J y K: 20 de septiembre de 2017. - Categorías D, E: 20 de octubre de 2017. - Categorías B, C: 20 de noviembre de 2017. - Categoría A: 20 de diciembre de 2017.
Es importante destacar que el incumplimiento producirá la suspensión temporal de la visualización de la “Constancia de Opción Monotributo”, hasta tanto el pequeño contribuyente regularice su situación.