El diputado Hugo Sager propicia la adhesión de la Provincia del Chaco a la Ley Nacional 27.202
Observa el legislador en los fundamentos que “la sanción de la ley 27.202 tuvo como intención
actualizar, profundizar y vigorizar el contenido de la ley 20.655 Ley del Deporte, la que en el
año 1974 sentó las bases, de manera fundacional a nivel legislativo, para la organización del
deporte argentino”, recordando que la ley 20.655 fue una de las últimas leyes promulgadas por el
entonces Presidente de la Nación Juan Domingo Perón “y resultó pionera en su tipo, por la
conceptualización y reglamentación respecto de la relación entre los estamentos públicos, la
organización deportiva y el lugar que el deporte puede y debe ocupar en la organización de las
personas y la comunidad”
“La propia existencia de una ley para el deporte – aseveró resultó además de original, en el
contexto mundial de entonces, otra muestra del pensamiento estratégico de Juan Perón a la hora de
desplegar políticas que hacían al bienestar de las mayorías en la República Argentina” y “pasados
más de 40 años, los cambios acontecidos en el propio mundo del deporte y en la sociedad toda
hicieron necesaria una actualización de la ley, que reorganice el propio espacio del deporte, sus
diferentes actores y estamentos y sus relaciones con la educación, la salud y el trabajo”. “Una
actualización que reconozca y aliente el surgimiento de nuevas y diversas formas de prácticas
deportivas y de la actividad física, que fomente el deporte en términos de inclusión social y que
organice y apoye la existencia de la estructura asociativista deportiva nacional, a la vez que la dote
de una mayor apertura a la participación de todos los sectores del deporte en sus ámbitos de
conducción organizativos”.
Precisa que la normativa establece los lineamientos de la política deportiva nacional en el área de
incumbencia, incluye Programas y Proyectos, “basándose para su diseño e implementación en un
modelo de país que desde el año 2003 ejecuta políticas sociales basadas en la inclusión de los
sectores de la población históricamente relegados de la mayoría de los derechos sociales,
sustentados por un Estado presente, que asume un rol protagónico activamente orientado hacia el
desarrollo humano”. Por otra parte, “a través de la aplicación sostenida y sistemática de estas
políticas, el estado ha ampliado significativamente la base de derechos, garantizando además los
canales de acceso al conjunto de bienes culturales y sociales”.
“Es desde esta perspectiva y bajo la premisa de que el deporte forma parte de este conjunto de
bienes culturales, que el Estado Nacional asume al Deporte como la herramienta destinada a
generar mejores posibilidades para el desarrollo humano integral, promoviendo el mejoramiento de
la calidad de vida, de las condiciones Se ha vuelto a pensar al deporte en términos estratégicos bajo
la concepción de tres dimensiones de políticas deportivas: el deporte social, el desarrollo deportivo
y el deporte de representación nacional” son parte de los argumentos que sustentan su iniciativa.