Sánchez: “Sin dudas es una ley que beneficiará a los trabajadores de sector”
El diputado provincial del Partido Justicialista, Ricardo Sánchez, valoró la sanción de la ley Nº 7784, que otorga el derecho a licencias remuneradas a los docentes en condiciones de jubilarse pasados los 60 días de iniciado el trámite de certificación de aportes y servicios ante el ministerio de Educación, y consideró que es una norma “que sin dudas beneficiará a los maestros chaqueños”.
“Luego de mucho tiempo de debate, hemos coincidido con los legisladores en dar una respuesta muy contundente a favor de los docentes, modificando el Estatuto del Docente, generando en el artículo N° 321 un nuevo derecho a través de una licencia extraordinaria”, explicó el legislador.
Sánchez explicó que a esta licencia tendrán acceso los docentes cuando se cumplan 60 días corridos de que hayan solicitado la certificación de aportes y servicios, que es un documento exigido por el Insssep para completar la carpeta y acceder a la jubilación, y el Ministerio de Educación no haya concluido con la confección de esa certificación. “Lo que ocurría en la práctica era que los docentes no podían concluir su trámite jubilatorio porque la cartera educativa tardaba meses, cuando no años, en emitir esta certificación de servicios prestados y aportes; con lo cual teníamos un docente sin poder ejecutar su beneficio a la jubilación porque no podía completar la carpeta”, graficó.
En ese sentido, Sánchez añadió que “atendiendo a este reclamo, sancionamos esta ley que establece que, ante una mora de más de 60 días en la emisión de esta certificación por parte del Ministerio, el docente, adjuntando la copia del pedido de certificación podrá acceder a la licencia extraordinaria que durará mientras dure la mora en que incurra el Ministerio, tiempo en que el trabajador continuará recibiendo el 100% de sus haberes”. “No hay justificación alguna para incurrir en demoras tan importantes”, consideró.
La ley establece además que una vez concluida la certificación, el Ministerio informará a la institución escolar para que se notifique al docente el cese de la licencia.
Por otra parte, la norma establece que en caso de que el trabajador inicie el trámite y acceda a la licencia sin contar con los requisitos suficientes para acceder a la jubilación, será sancionado con la devolución de los montos percibidos durante el tiempo que duró la licencia. “Uno, en principio, cree en la palabra del docente y en caso de mora, le da la licencia extraordinaria, pero si luego surge que no estaba en condiciones de acceder a la jubilación, le descuentan directamente del salario los haberes percibidos”, detalló.
Sánchez remarcó finalmente que la ley “significa una modificación que seguramente será beneficiosa para los trabajadores y costó mucho consensuar porque no es sencilla la tarea de exigirle al Ministerio de Educación que, de alguna manera, acorte a 60 días el plazo para emitir la certificación de servicios y aportes”. “Queda claro que si el Ministerio de Educación emite la certificación antes de los 60 días y notifica a la institución escolar, a partir de allí cesa el derecho del docente a usufructuar esta licencia; con lo cual estamos muy conformes de poder dar esta respuesta, que está avalada obviamente por el gobernador, Domingo Peppo”, concluyó.