Miércoles, 1 de Abril de 2026
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PROYECTO
Lunes, 21 de septiembre de 2015
El ejecutivo solicita la ratificación de decretos sobre bonificaciones para distintos sectores
Con el número de proyecto 2490/15 el Poder Ejecutivo remitió a la Legislatura un pedido para la ratificación del Decreto No 1530/15, a través del cual se incorpora a partir del 1 de mayo de 2015, al Artículo 15 del Decreto No 1708/13 y su modificatorio No 99/14, al personal de planta permanente comprendido en los alcances de la Ley No 1276 ­ t.v.­, que exclusivamente presten servicios en forma efectiva en la Dirección General de Recursos Humanos, en carácter de titulares, subrogantes y adscriptos, el concepto de "Bonificación por Servicios Administrativos Adicionales"

En el texto del decreto se menciona que “la Dirección de Recursos Humanos es un organismo

técnico en materia de administración de personal y comprende a todo el personal de la

Administración Central, organismos Autárquicos y Descentralizados, resultando procedente

incorporar a partir del 1o de mayo de este año, al artículo 15 del Decreto No 1708/13 y

modificatorio 99/14, al personal de planta permanente comprendido en los alcances de la Ley No

1276 que exclusivamente presten servicios en forma efectiva en la Dirección General de Recursos

Humanos, en carácter de titulares, subrogantes y adscriptos, el concepto ‘Bonificación por

Servicios Administrativos Adicionales’ estableciéndose que dicho concepto a otorgar consistirá en

el pago de una suma remunerativa no bonificable en los porcentajes y base de cálculo que se

dispone en el presente instrumento legal”.

Cambio de denominación para agentes de Direcciones de Atención Médica

El Poder Ejecutivo mandó a la Legislatura el proyecto de ley No 2491/15 a través del cual

impulsan la ratificación del Decreto No 1761/15, a través del cual se reemplaza en el Artículo 10

del Decreto 1708/13, exclusivamente la expresión "Jefes de Servicios dependientes

exclusivamente de las Co­Direcciones de Atención Médica Directa, Diagnóstico y/o Tratamiento"

por la expresión "Jefes de Departamentos y Jefes de Divisiones dependientes exclusivamente de

las Co­Direcciones de Atención Médica Directa, Diagnóstico y/o Tratamiento".

Bonificación especial para agentes de la Administración Provincial del Agua – APA ­

Otro de los proyectos de ley No 2446/15, solicita la ratificación del Decreto No 1752/15, a través

del cual se extiende a partir del 1o de junio del año 2015, el otorgamiento de la Bonificación

Especial prevista en el Ley No 6.865, al personal de planta permanente de la Administración

Provincial del Agua (APA) como así también para el personal adscripto a dicho jurisdicción al 31

de mayo de 2015.

En los considerandos del decreto se señala en uno de sus párrafos que este beneficio se establece

en concordancia al otorgado al personal del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y se

hace extensivo a este organismo en función de la similitud en ciertas funciones que guarda con el

Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos en lo que concierne a la ejecución de obras.

Fondo Estímulo para el personal de Ministerio de Producción

Finalmente, el otro proyecto de ley No 2445/15, pide se ratifique el Decreto No 1766/15, a través

del cual se estable a partir del mes de junio de 2015, una asignación mensual especial en concepto

de fondo estímulo para el personal dependiente del Ministerio de Producción, el que se conformará

con el 80% de todos los recursos que se recauden por cualquier concepto, naturaleza y/o producto

de habilitaciones, multas, permisos, inspecciones, etc., que cometan al Ministerio de Producción

y/o a sus dependencias y que a la fecha tengan determinada asignación y/o finalidad especial.

En los fundamentos del decreto se señala que la política de gobierno que tiene como objetivo la

productividad, así como la motivación y estímulo del personal, es procedente asignar un fondo

especial productivo para ser distribuido entre el personal de planta permanente de esta cartera.


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