La Justicia explica sobre la causa de expropiación del Chalet Perrando
El Juzgado Civil y Comercial Nº 8 de Resistencia, a cargo del Juez Diego Gabriel Derewicki, informó en detalle cuál fue la actuación de la Justicia en relación con la causa caratulada "Provincia del Chaco c/Perrando, Raúl Pablo y/o quien resulte responsable s/ expropiación".
Al respecto puntualizó que bajo el Expte. Nº 9702/07 el 19/11/2007, por disposición de la Ley Nº 5746/2006 de expropiación del Inmueble de Raúl Pablo Perrando esta causa es iniciada por la Fiscalía de Estado. Luego de que la magistrada asignada por sorteo para entender en la causa se excusara, en mayo del 2008 las actuaciones arribaron al mencionado Juzgado Civil y Comercial Nº 8.
El juzgado ordenó inmediatamente (27/06/2008) la posesión del inmueble conocido como Chalet Perrando a favor de la provincia del Chaco, situación que se efectiviza el 13 de agosto de ese año, según lo dispuesto por la Ley Provincial de Expropiación Nº 2289. No obstante ello, su materialización quedó subordinada por la tenencia de quienes ocuparon el chalet durante décadas.
Según las constancias del proceso se realizaron planteos de diferente índole, también se recusó con causa al juez, quien se opuso a la pretensión de apartamiento del Expte. La Cámara de Apelaciones hizo lugar a esa oposición y resolvió que la expropiación continuara en el Juzgado Civil y Comercial Nº 8. Asimismo, los moradores interpusieron recursos extraordinarios que fueron desestimados, lo que prolongó el trámite del juicio.
Dado que los cuidadores detentaban la tenencia del inmueble, vale remarcar que, pese a ser atípico del proceso mismo de expropiación, se celebraron varias audiencias para llegar a un acuerdo entre la parte actora y los ocupantes del inmueble conocido como Chalet Perrando. El 24 de febrero de 2010, en oportunidad de celebrarse una audiencia de conciliación, se logró avanzar en la pretendida desocupación voluntaria del inmueble, evitando así iniciar un juicio de desalojo.
El gobierno provincial se comprometió a solucionar el problema habitacional de los cuidadores del bien inmueble que detentaron por más de treinta años.El juzgado dio inmediata autorización para la realización de refacciones imprescindibles. Posteriormente, don Ricardo y doña María – habitantes del inmueble- se retiraron del chalet voluntariamente.
La rápida intervención de la Justicia contempló la situación particular y la intención del gobierno provincial de solucionar el problema planteado por los cuidadores del bien inmueble, de valor histórico para nuestra población. Si bien a la fecha no obra sentencia definitiva en el juicio de referencia, la causa en torno al pedido de expropiación que realizó la provincia del Chaco, está próxima a ser resuelta.