Miércoles, 6 de Mayo de 2026
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PROYECTO DE LEY
Jueves, 9 de abril de 2015
Proponen la creación del programa escuela de conductores
La diputada justicialista Mirta Morel es autora del proyecto de ley Nº 753/15 por el cual impulsa la creación del Programa Escuelas de Conductores Vehiculares en el ámbito de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia, quien actuará como autoridad de aplicación

En tal sentido, se autoriza a la autoridad de aplicación a celebrar acuerdos o convenios con la Nación, otras provincias u organismos especializados, con el fin de lograr una adecuada capacitación de los instructores necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente, en los distintos ámbitos de radicación de escuelas.

En la iniciativa se invita a los municipios a adherir a la presente. Aquellos municipios que hayan adherido al sistema de licencia de conducir única deberán contar con una escuela de conducir que permita realizar la capacitación teórica y práctica de los solicitantes.

En los fundamentos, la legisladora menciona que este proyecto surge en razón de que “los accidentes viales, tanto urbanos como en ruta, representan un verdadero flagelo, en especial los producidos por la circulación de vehículos en mal estado, con sobre cargas, sin luces, a velocidades excesivas, con conductores alcoholizados, etc., y en el c aso de motos y ciclomotores, con conductores sin casco, a alta velocidad, sin respeto al lugar de circulación y con más personas de lo aconsejado en el vehículo”.

En ese marco, Morel hace referencia a que en la provincia son pocas las escuelas o academias de manejo que se pueden contar “y por ese motivo se propone la creación del programa aludido en este texto”. Añade “teniendo en cuenta que unos 50 municipios han adherido a la licencia de conducir única, es estima prudente que las mismas tengan un respaldo teórico y práctico, además de posibilitar la unificación de criterios de enseñanza para los solicitantes del registro. Para ello, la creación de escuelas de conducir sería una solución”.

“A los efectos prácticos – explica - se autoriza a la autoridad de aplicación a celebrar convenios para capacitar a los futuros instructores. También se autoriza a los municipios que adhieran a la ley a agruparse para instalar una escuela de conducir y una pista de manejo en jurisdicción de uno de ellos, debiendo los aspirantes de los demás concurrir a este centro único de capacitación. Todo lo dispuesto enmarcado en la ley de tránsito”.

IMPULSAN LA CREACIÓN DE CASAS DE REFUGIO DE TRÁNSITO
PARA MUJERES VICTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GENERO

La legisladora justicialista Celeste Segovia impulsa la iniciativa que promueve y apoya la creación de Casas Refugio en la provincia del Chaco como instancias de tránsito para la atención y albergue de las mujeres víctimas de violencia de género, en aquellos casos en que la permanencia en su domicilio implique una amenaza a su integridad física, psicológica o sexual.

El proyecto de ley Nº 771/15 está en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

Segovia explica en los fundamentos del proyecto “la violencia contra las mujeres es una problemática totalmente compleja, que afecta a todos los sectores sociales y que implica, de parte del Estado y de los distintos poderes del mismo, acciones concretas que se dirijan a prevenir, asistir y erradicar este tipo de violencia por la que cada año mueren muchísimas mujeres y niñas”.

“Se hace necesario – afirma - prever la creación de albergues y/o casas refugios para poder cobijar y proteger a las mujeres víctimas de violencia. Al respecto éste proyecto establece a cargo de quién se tienen que realizar éstos albergues o casas refugios, cómo puede ingresar la mujer víctima de violencia a dichos lugares, junto a las personas que tenga a su cargo, como medida proteccional”.

Añade en relación al carácter temporario del alojamiento en estas instituciones será “hasta que se resuelva de la mejor manera para la mujer su situación, se resuelve quienes son las personas o instituciones que pueden derivarla, a los fines de hacer efectivo el cumplimiento de este artículo tan importante de la Ley Nacional 26.485, entendiendo las casas refugios como un espacio de protección temporal para las mujeres y sus hijos o personas a cargo que viven violencia familiar y que carecen de redes sociales y familiares”.


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