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Corregido pide que se cumpla la sentencia
Domingo, 14 de diciembre de 2014
Resistencia debe llamar a audiencia pública para definir la tarifa del transporte urbano
La Defensoría del Pueblo del Chaco pidió a la justicia provincial se intime a la Municipalidad de Resistencia a que cumpla la sentencia para que llame a audiencia pública a la hora de definir un incremento en la tarifa del transporte urbano de pasajeros.


El Defensor Gustavo Corregido sostiene que dicha sentencia “está siendo vulnerada a través de aumentos de tarifa que viene aprobando el municipio, por eso ante un nuevo intento de aumento, es que se hace esta nueva presentación judicial”, recordando que la justicia declaró la nulidad de la ordenanza 10816/12 y la Resolución 224/12 de la Presidencia del Concejo Municipal, mediante la cual se había aprobado el aumento de la tarifa en el año 2012.

“El municipio debía retrotraer el precio del boleto y en su caso llamar a una audiencia pública, además de corregir otros errores de procedimiento, como el caso de la integración de la comisión mixta de transporte, para poder dar un nuevo aumento de tarifa”.

Asimismo explicó que “el aumento de tarifa operado en el año 2013 fue en el marco de una supuesta emergencia y posteriormente la equiparación a la autoridad provincial, lo que implica una clara intención de desobediencia judicial pues se trata de evitar el llamado a audiencia pública para la tarifa de transporte urbano. Por ello solicito se ordene correr vista al agente Fiscal que por turno corresponda a los fines de su intervención”.

También, atento a la proximidad de la suspensión de términos por la feria judicial y teniendo en cuenta que la audiencia pública fijada por la autoridad provincial, será el 15 de enero de 2015, “solicito se habiliten días y horas inhábiles para la providencia”.


El caso

Corregido señaló que “la sentencia del juez Civil y Comercial N° 21 Julián Flores, fue ratificada en segunda instancia y se encuentra plenamente vigente, no obstante el municipio incumple la orden judicial y procedió -a través de una supuesta emergencia- al aumento la tarifa durante el año 2013, invocando la audiencia efectuada por la Provincia del Chaco en cumplimiento de la sentencia dictada”.

Recordó que la Cámara de Apelaciones sostuvo que “la Carta Orgánica Municipal aparece como Ley Suprema del municipio y a ella se deben ajustar las normas (ordenanzas y resoluciones) que se dicten, mencionando luego la operatividad de estos derechos y procedimientos establecidos y señalando con especial énfasis lo establecido en el artículo 241 que regula la Audiencia Pública”.

Entendiendo que el municipio “está intentando claramente volver a incumplir la orden judicial, “atándose” a una decisión de la provincia, es que solicito se intime a la Municipalidad de Resistencia”.


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