Tarjebus: Piden intervención de la justicia ante posibles incumplimientos
La Defensoría Del Pueblo del Chaco solicitó intervención a la jueza de Garantías N° 3, Rosalía Beatriz Zózzoli, que a fines de mayo de este año dictó sentencia en el amparo sobre el sistema de tarjetas para el transporte urbano e interurbano de pasajeros. El objeto del nuevo pedido es a partir de haber tomando conocimiento de posibles incumplimientos en la aplicación de la reglamentación de la tarjeta para el pasajero eventual u ocasional del transporte público de pasajeros en la ciudad de Resistencia.
Por tal razón en el escrito el defensor del pueblo, Gustavo Corregido, pidió se libren oficios dirigido al fideicomiso Tarjebus, como también al municipio de Resistencia y la Subsecretaría de Transporte de la Provincia. En el caso de la empresa que comercializa las tarjetas, la solicitud es para que informe la cantidad de puntos de ventas que se encuentran funcionando para comercializar tarjetas sin personalizar y cuántos para tarjetas personalizadas, como también el detalle de los comercios que cuenta con las tarjetas para el pasajero eventual u ocasional.
En tanto a las autoridades municipales y de transporte de la provincia el pedido es conocer si se encuentra el sistema para recarga de Tarjebus por cajeros de la red link. Como también a fin de que informen si ejercen el poder de policía en relación al control de la existencia de los puntos de ventas (previstos en las reglamentaciones vigentes), que comercializan la TARJEBUS y la tarjeta para el pasajero eventual u ocasional, remitiendo la documentación.
Los considerandos
Corregido, sostiene que la sentencia 95 en uno de sus puntos estableció exhortar a las autoridades del gobierno provincial y municipal a reglamentar e instrumentar un sistema que comprenda la situación del pasajero eventual. En este contexto se comoció que la Municipalidad de Resistencia procedió a reglamentar este sistema a través de la ordenanza N° 1135 fechada el 19 de Junio de 2014, que en su texto consagra establecer el plazo de 60 días para que la empresa Tarjebus, proceda a habilitar un mínimo de 50 puntos de venta y recarga de tarjetas sin personalizar y como mínimo 5 puntos de venta y recarga de tarjetas personalizadas, mientras que las tarjetas eventuales podrán ser adquiridas en todos los locales autorizados.
“Hemos tomado conocimiento que no se estarían comercializando las tarjetaspara el pasajero eventual y que muchos puntos de venta que los demandados informaron se encontraban funcionando, no comercializan la Tarjebus, por lo que de corroborarse esto se estarían vulnerando derechos de los usuarios del servicio público del transporte de pasajeros y contrariando la sentencia”, dijo el defensor.