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VIGENTE DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE
Jueves, 18 de septiembre de 2014
Derogan facultades del Tesorero General de designar cargos
Por iniciativa de los diputados Ricardo Sánchez, Beatriz Bogado, Enrique Paredes y Carlos Beltrán la legislatura aprobó la Ley 7460 que deroga en todos sus términos el artículo 3° de la Ley N° 6062 "Estructura de Cargos de la Jurisdicción 26 Tesorería General" a partir del 1º de Septiembre del corriente año.


La diputada Mirta Morel fundamentó la iniciativa y destacó “la presencia de los compañeros trabajadores de tesorería general, que tiene que ver con una profunda preocupación como empleados de muchos años de este organismo de raigambre constitucional, con una serie de situaciones que se vienen planteando en el ámbito de esta jurisdicción”.

Explicó que “allá por noviembre de 2007 y a partir de la modificación de la estructura de cargos de dicha jurisdicción, esta Legislatura propició la sanción de una norma precisamente para modificar esa estructura, reconociéndoles los beneficios de los títulos secundarios, terciario y universitario a los agentes a incorporarse. También incorporo el artículo 3 -del que hoy sometemos a consideración del pleno la derogación- donde se le confería autorización al titular del organismo a cubrir los cargos vacantes que se suscitaban a parir de la vigencia de la nueva estructura de cargos”.

“Propiciamos la derogación del artículo –explicó- porque la ley orgánica que rige a este organismo, 3723 en su redacción original autorizaba tanto al Contador General como al Tesorero General a reubicar al personal de planta permanente existente en los respectivos organismos, atento a las categorías y cargos equivalentes. Cumplido lo cual, la facultad de reubicación quedo concluida y agotada, incluso se previo para el caso del personal transitorio o si se resultaran cargos vacantes la respectiva absorción o cubrimiento definitivo o transitorio por parte del Poder Ejecutivo”.

“En tanto –agregó- el artículo 32 de la citada norma, decía que solo se autoriza la designación temporaria de funciones en cargos vacantes y no la designación o nombramiento de carácter permanente y definitivo que implica la reubicación dispuesta en autos. Hemos escuchado con mucha atención la preocupación que radica realmente en la situación particular y puntual de la Tesorería General de la provincia donde se vienen tomando una serie de decisiones respecto de la no subrogancia, la designación directamente en cargos vacantes de aquellas personas que de forma oficiosa fueron comprendidos por la ley de jubilación”.

“Por otro lado –detalló- se sancionó en el 2007 la ley 6062 por la cual se autoriza al Tesorero General de la provincia para designar personal; nosotros sostenemos que tanto la Tesorería como la Contaduría están bajo el paraguas de la Ley 1276 y en consecuencia tienen que regirse en las mismas condiciones que el resto de los estamentos públicos, es decir, que las vacantes deben cubrirse por concurso”.

La norma se sancionó con 26 votos afirmativos. En tanto el diputado Rubén Guillón votó el mantenimiento en cartera.


En consonancia con la nueva Ley de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes


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