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Sobre el aval a la Resolución 506/13
Lunes, 15 de septiembre de 2014
Maldonado: El derecho de huelga un peligroso precedente
El Superior Tribunal de Justicia avalo la Resolución 506/13 dictada por el Ministerio de Educación para designar docentes suplentes en reemplazo de los trabajadores de la educación que se adhieran a las medidas de fuerza.





Dijeron los Sres. Ministros que “en ningún caso, la huelga legitima la producción de un daño a la sociedad toda … donde la sociedad, destinataria de bienes o servicios es totalmente ajena” y en pro de proteger los derechos autoriza una Resolución que no hace más que cercenar el derecho de huelga de un sector que hoy es el docente.


Ahora bien, me pregunto ¿La sociedad es “totalmente ajena” a este problema? ¿Que pasará cuando otros trabajadores estatales decidan llevar adelante una huelga? ¿No prestan todos un servicio a la sociedad? Si seguimos los lineamientos de este fallo para garantizar el servicio y no afectar el “principio de ajeneidad” en palabras de nuestro Superior Tribunal de Justicia, bastará que se designen suplentes en Salud, Educación, Asistencia Social o en el propio Poder Judicial.


Hay muchos factores por los cuales la Educación falla en nuestra provincia y varios de ellos fueron puesto en escena por el propio Capitanich cuando trascendió un documento donde reconocía que se habían dilapidado unos 500 millones de pesos en corrupción, otro es la inflación que la están sufriendo todos los trabajadores y que también es parte central de este problema, factores que no creo que se resuelvan acudiendo a un “banco de suplentes”.


Esta causa fue impulsada por el Poder Ejecutivo y por el propio Ministro Soto, que todos sabemos que en sus tiempos de sindicalista tenía una clara posición contraria, algo que en mi barrio se sabe decir “traidor” y va a permitir que el Estado con designación de “suplentes” afecte gravemente el derecho de huelga que tanto costo y cuesta defender.


Sepan que mi posición no es coyuntural, el derecho de huelga del artículo 14 bis de la constitución que consagra los derechos de los trabajadores no puede ser nunca una disputa oportunista, lo defiendo por convicción y por valores, estas son las razones por las cuales estoy en contra de este fallo, pero la más importante es en honor a un radical, a un sindicalista del gremio de los imprenteros, hijo de un obrero y de una abnegada empleada doméstica, que no solo fue brillante, honesto sino también solidario, que hasta en su muerte demostró su compromiso militante cuando su corazón explotó en un mitín mientras daba un discurso en 1962. Este radical se llamaba CRISÓLOGO LARRALDE y fue el autor del art. 14 bis.


Estoy convencido que muchos ciudadanos y verdaderos radicales compartirán mi opinión.




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