Por infringir leyes que protegen a los consumidores
Martes, 8 de julio de 2014
Comercio multó con $25 mil y $10 mil a los supermercados Vea y Carrefour
La Subsecretaría de Comercio provincial multó a las sucursales que tienen en Resistencia los supermercados Vea y Carrefour por diversas infracciones previstas en las leyes de Lealtad Comercial, Competencia y Abastecimiento. En total, ambas firmas deberán pagar $35 mil de multa al Estado chaqueño.
Con fecha del 13 de junio, el subsecretario de Comercio, Ricardo Marimón, firmó dos disposiciones que involucran a Vea y a Carrefour. En el primer caso, las actuaciones están caratuladas como “subsecretaría de Comercio c/ Vea y/o Jumbo Retail Argentina SA s/ supuesta infracción a las leyes nacionales Nº22.802, 24.240 (de Defensa del Consumidor) y 20.680 (de Abastecimiento)” y surgieron en el marco de un acta labrada el 20 de marzo pasado por inspectores de la subsecretaría de Comercio, en el local que tiene Vea en Alberdi 528.
En esa oportunidad se cotejaron precios exhibidos en góndolas y la lista del programa Precios Cuidados y se detectó diferencias de los mismos en los siguientes productos: -Corte de carne vacuno “Roast Beef”: precio acordado $43 el kilo, mientras que el exhibido era de $44,95. - Morrón rojo fresco: precio acordado, por kilo, $32,10; mientras que el precio en góndola era de $36,99. (En este caso se comunicó a Vea de la diferencia en más y se procedió a adecuarlo). - Pan rallado por 500 gramos, marca “Mamá Cocina”: precio acordado $10,40 y exhibido, $10,99. - Pan rallado marca “Preferido” por 500 gramos: acordado, $10,90; exhibido, $10,99
En el acta se dejó constancia además que al momento de la inspección hay una faltante de 72 productos que integran la lista de 180 del programa nacional, Precios Cuidados, que el gobierno de la Nación acordó con las grandes cadenas de supermercados en diciembre del año pasado.
Ante esto, el subsecretario de Comercio consideró que la conducta desplegada por la firma Vea y/o Jumbo Retail Argentina SA encuadra en una práctica “totalmente abusiva, castigada por la Ley, cuando mediante el acaparamiento se mantiene restringida la oferta de productos o servicios básicos para forzar la compra a un precio que no responde a los costos y la ganancia habitual, sino que se logra una ganancia ficticia, puramente financiera”.
En esta línea, añadió que la conducta asumida por la firma “no hace más que demostrar el desequilibrio de fuerza negocial que tienen los consumidores frente a ellos (los grandes empresarios), dejándolos en una posición de vulnerabilidad absoluta y teniendo que aceptar sus condiciones, sin tener otra opción o posibilidad de alcance”. Así consideró necesario sancionar a Vea con 25 mil pesos por haber incurrido en infracción de lo establecido en las leyes anteriormente citadas.
Caso Carrefour
En tanto, la multa de $10 mil que la subsecretaría de Comercio le aplicó a Carrefour fue como resultado de un expediente que se inició con una denuncia de una consumidora realizada el 18 de septiembre del año pasado. En la presentación, la mujer relató que el 14 de septiembre se acercó al local de la firma de capitales franceses con la intención de adquirir un televisor de 42 pulgadas que se exhibía con un cartel publicitario en el que se leía como precio final $7.500 a pagar en 15 cuotas sin interés.
En ese momento constató que no llevaba consigo su tarjeta de crédito por lo que le pidió a uno de los empleados que le guarde el producto hasta su regreso y éste se comprometió a hacerlo. El mismo día la denunciante volvió al comercio con la tarjeta pero fue ahí cuando le aclararon que la promoción era únicamente con la tarjeta Carrefour. La mujer accedió a realizar los trámites para adquirirla pero le volvieron a aclarar que en ese momento no había sistema. Una vez más se retiró para volver al otro día.
Al regresar al local para adquirir el televisor, le manifiestan que no quedaron más unidades del televisor con dicha promoción. La mujer habló con el jefe del área y éste le comunicó que podían conseguir uno pero en Corrientes. La mujer volvió a preguntar si era exactamente el mismo que ella había solicitado y le dijeron que sí. Realizó el contrato de compra pero al cotejar los datos del televisor deseado y el que finalmente adquirió notó que éste último no era un “Smart TV”, característica que ella requería. Es por eso que volvió al supermercado para anular la operación ya que se sintió “defraudada y sin ningún interés de seguir con la compra”.
Según su relato, solicitó hablar con el gerente del local para dar de baja el contrato. Tras una hora de esperar de pie, el mismo nunca apareció. En el ínterin, la mujer dejó registrado en el libro de quejas el tiempo de espera y la falta de atención por parte del gerente. Minutos después apareció una empleada quien rompió de mala manera una parte del contrato para invalidarlo, tras lo cual la denunciante se retiró muy molesta del local.
Ante esta situación, el subsecretario de Comercio provincial dispuso sancionar a la empresa Carrefour Inc. SA con una multa de $10 mil por infracción a los artículos 4 (obligación de suministrar información al consumidor de todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee) y 7 (obligación de cumplir la totalidad de las condiciones en las ofertas publicitadas) de la Ley Nacional Nº24.240 de Defensa del Consumidor.