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DECRETO DEL GOBERNADOR
Lunes, 24 de febrero de 2014
Expulsaron a la neonatóloga que intervino en el parto de Luz Milagros
El instrumento, firmado el 17 de febrero pasado, contiene los antecedentes de uno de los hechos más impactantes de 2012.


A continuación, los párrafos más relevantes del instrumento legal:



Que por disposición interna Nº 184/12, el Director del Hospital “Dr. Julio C. Perrando”, dispuso instruir sumario administrativo al Equipo Médico Obstétrico y Neonatal integrado por las doctoras Liliana Gilbert Finos, Ana Carolina Morzán y María de las Mercedes Veira, por lo hechos ocurridos en relación a la paciente Analía Lucía Boutet, que en fecha 30 de marzo de 2012 ingresó al servicio de Tocoginecología del nosocomio con diagnóstico presuntivo de amenaza de aborto, derivada del Centro de Salud de Fontana.



El 3 de abril de 2012 a las 10:25, se produjo el parto de un bebé prematuro de sexo femenino, de 26 semanas, asumiéndose como “feto muerto”, según profesionales intervinientes, remitiéndose a la morgue del establecimiento a la recién nacida, y se extendió el certificado de defunción natal.



Posteriormente sus progenitores se presentaron a la morgue donde verificaron señales de vida de su hija; con la colaboración del personal del sector reingresaron a la bebé al Servicio de Neonatología, donde quedó internada.



La Doctora Gilbert Finos, tocoginecóloga, interviniente en el parto, firmó el certificado de defunción fetal, dejando aclarado que el estado vital del recién nacido lo determina el neonatólogo que lo recibe, quien llena los datos en la historia clínica perinatal.



Gilbert Finos y Veira -pediatra neonatóloga- “ejercieron ampliamente el derecho de defensa en el trámite sumarial”. Gilbert Finos señaló que la función cumplida en el hecho investigado ha sido la atención de la madre de la niña Luz Milagros por ser especialista tocoginecóloga, y no de la niña, y firmó el certificado de defunción por ser costumbre que el mismo sea emitido por la tocoginecóloga que asistió en el parto.



Expresó que sólo atendió a la madre, y que el estado del recién nacido lo determina el neonatólogo que recibe al neonato, al que le corresponde llenar los datos del recién nacido en la historia clínica perinatal.



El jefe del servicio de Tocoginecología informó que los certificados de defunción fetal y de nacimiento son confeccionados por los médicos tocoginecólogos u obstetras que intervienen en el parto, en base a los datos consignados en la historia clínica por neonatólogas, aclarando que es su costumbre.



La doctora María de las Mercedes Veira consignó en historia clínica que recibió a la niña luz milagros y la llevó a la sala de recepción realizando maniobras de reanimación constatando que presentaba ausencia de latidos cardíacos y de entrada de aire en ambos campos pulmonares, ausencia de movimientos respiratorios, diagnosticando “feto muerto”.



“La nombrada profesional manifestó que solicitó a la doctora Lew corroborar la situación, quien confirmó que el cuerpo se encontraba sin vida”.



No existe un protocolo respecto del tiempo que los profesionales deben esperar para enviar los cuerpos a la morgue; “en el caso resulta evidente que fue demasiado pronto: habían transcurrido 35 minutos desde el nacimiento, circunstancia por la que se considera que la doctora María de las Mercedes Veira transgredió con su actuar las normas previstas en el artículo 21, incisos 1 y 3 de la Ley Nº 2017, en concordancia con el artículo 21, inciso 1, del Régimen Disciplinario”. La misma transgresión fue imputada a la doctora Olga Liliana Gilbert Finos.



Quedó acreditado que la Dra. Ana Carolina Morzán sólo participó del parto de la señora Boutet.



Estos antecedentes, según el director del nosocomio, acreditan “suficientemente” la sanción de Cesantía para la doctora María de las Mercedes Veira.


Editor Responsable: Jorge Tello
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