Segovia: La decisión de que la banca la ocupe Néstor Sotelo es legítima y constitucional
Conforme al debate para resolver quien ocuparía la banca que restaba en el recinto y que finalmente se la otorgó al justicialista Néstor Sotelo, la diputada Celeste Segovia dijo que se actuó de acuerdo a lo que establece la constitución nacional.
“Esta Cámara posee facultades privativas y excluyentes como juez de la validez de la elección y de los títulos de sus miembros, tal como lo establece la Constitución Provincial en su artículo 115. En la misma, cuando se refiere a la renuncia de un diputado, no habla de que la Cámara tiene que aceptar esa renuncia. Deberíamos dilucidar la naturaleza jurídica de esa renuncia y cuál es el derecho aplicable. La renuncia es un acto jurídico, y como tal se rige con la normativa de los actos jurídicos”, fundamentó Segovia sobe la decisión del miércoles adoptada en la Legislatura.
Además señaló que “es un acto unilateral depende solamente de la voluntad de su autor. La retractación no corresponde porque no esta sometida a ningun tipo de condicionamientos, produce sus efectos jurídicos desde el momento en que ha sido manifestada por la parte. Así también, la renuncia es un acto extintivo, produce la extinción de un derecho del cual uno era titular”.
Segovia expuso un caso similar del año 1995 de la provincia de Tierra Del Fuego, conocido por los apellidos de las partes que lo integraban Furlan – Gudiño y en donde la Cámara Nacional de Diputados resolvio rechazar la retractacion de la renuncia por parte de Furlan e incorporar al cuerpo a Hermelinda Gudiño, quien seria la primera diputada nacional aborigen.
“La retractación de la renuncia de Gladys Cristaldo previo a las elecciones del 27 de octubre es totalmente abstracta porque la renuncia se perfecciono el día en que se manifestó esa voluntad y el derecho a ocupar la banca corresponde a Néstor Sotelo desde el día en que se manifestó esa renuncia”.
Por último -subrayó-:” Esa renuncia ya produjo efectos jurídicos, porque así lo había resuelto la Cámara de Diputados Nacional en el caso citado del año 1995 y es así como esta Cámara lo debe resolver. Son indicios más que demostrativos de un acuerdo que debe respetarse. La decisión de que la banca la ocupe Néstor Sotelo es totalmente constitucional y debe ser respetada”.