Quién o quiénes mataron al bebé qom en el Hospital de Pampa del Indio?
La penosa y trágica muerte del bebé toba (Ariel) en el hospital de Pampa del Indio es investigada en la localidad de Gral. San Martín por el fiscal de turno José Ricardo Solabella. Se formó el expediente caratulado Ocampo, José Miguel s/ homicidio culposo, Expte. Nº 1036/13. Figura en la foja 3 de tal actuación judicial que el 10 de octubre la Dra. María Esther Mayol diagnosticó que el bebé padecía ictericia, disponiendo –a las 14.05 horas- que se le aplicara luminoterapia.
También consta en el expediente que en horas de la madrugada del día 11 de octubre la mamá avisó al enfermero y éste a la médica de guardia que el bebé no respiraba. Desde las 03:45 hs. se le realizó a Ariel reanimación cardio-pulmonar, practicándosele masajes cardíacos por una hora, asistido por un valón o bolsa de ventilación (bolsa de ambu), con resultado negativo. La bolsa de ambu se utiliza para introducir mecánicamente aire para la ventilación de pacientes que presentan signos de anoxia por la falta oxígeno o por la disminución en la frecuencia respiratoria. Los resultados fueron negativos, o sea que el bebé ya había muerto antes de que se intentara reanimarlo.
Según el expediente, a las 11 hs. del fatídico día 11 de octubre se efectuó un examen médico del cadáver del bebé indígena. Anotaron que se trataba de un bebé “NN”, de sexo masculino, de 2,700 kg. de peso, de 47 cm. de talla. Al examen médico, se observó una herida ampollar en el tórax producido por quemadura vital, con una profundidad AB, que simboliza una quemadura de mediana profundidad, que llegó al tejido celular sub-cutáneo, similar a la antigua denominación de quemadura entre segundo y tercer grado. Luego describieron la existencia de una flictena (lesión cutánea, con forma de vesícula o ampolla, como las que se producen por quemaduras) de 6 x 8 cm de superficie, que comprometía el 70% del tórax anterior, según estimación de rutina. También hallaron similares ampollas en ambos miembros superiores producidos por acción de calor directo.
Esta descripción permite suponer, razonablemente, que algún elemento generador de calor podría haber caído sobre el cuerpo de Ariel, en vida o después de que muriera, que es un dato relevante que debería ser certificado a través del informe final de autopsia, que se debe confeccionar una vez que concluyan los estudios anátomo-patológicos, que bien realizados son soberanos. Finalmente, la forense determinó el diagnóstico de muerte del bebé, señalando que se trataba de un fallecimiento reciente, producido por compromiso de metabolismo de origen interno, por acción de calor directo. El examen médico y las conclusiones fueron realizados por la Dra. Andrea Paola Schats, médica Forense del Poder Judicial Gral. San Martín.
A fojas 92 del expediente se agregó el informe del Instituto Médico Forense que refiere la recepción de un cadáver de un menor de siete días, con lesiones cutáneas ampollares flictéricas y desprendimiento de tegumento (tejido) superficial excesivo en el tronco anterior y cara anterior de los miembros superiores. Informaron la existencia de quemaduras tipo BC en 36 % de la superficie del cadáver del bebé. Como diagnóstico tanatológico, informaron que Ariel murió por un paro cardio-respiratorio por quemadura por acción directa de calor.
¿Por qué murió el bebé indígena?
Ariel fue un bebé eutrófico (normal). A pesar de la situación de extrema indigencia económica de su familia indígena, presentaba nutrición estándar según su peso, talla y edad gestacional porque se amamantaba normalmente. Registraba parámetros vitales para una vida normal y prolongada. El hecho de que se amamantaba normalmente constituía un signo categórico para el pronóstico del bebé, que no debió ser separado de su madre, a excepción de que la misma cursara una patología grave. Se sabe que la mejor incubadora para todo bebé es el contacto directo con el tórax de su mamá, de la que recibe calor, afecto, alimentación plena. La recuperación del niño es impresionante cuando no se lo separa de su madre. Si Ariel se encontraba amarillo, era suficiente con exponerlo al sol para recibir rayos ultravioletas, con los ojos tapados, desnudo junto a su madre, antes de las 11:00 horas y luego de las 17:00, por un término de 20 minutos, cuatro sesiones diarias. Todo indica que no se debió someterlo a luminoterapia.
Es que deben ir a incubadoras los niños prematuros nacidos antes de las 30 semanas y con muy bajo peso (menos de 2000 grs.), que no ha sido el caso de Ariel dado que nació con 3 kg., cuando cursaba 39 semanas de gestación. Como medida extrema, debió tenérselo en observación, junto a su madre, y esperar su evolución. La muerte de Ariel, para cualquier médico pediatra, es un homicidio aunque las estadísticas refieren a estos casos como muerte altamente evitable. Resta, entonces, que la medicina forense estudie y determine las causas y data exactas de la muerte de Ariel, las circunstancias y mecanismos en que se produjera, para establecer las correspondientes responsabilidades institucional y personales, que ya se manifiestan como sumamente graves y condenables.