Modifican el regimen de sanciones para la actividad forestal
A instancias del diputado Carlos Beltrán el Cuerpo Legislativo aprobó con 17 votos positivos y 1 abstención, la modificación de la ley 7153 “régimen de Sanciones para la actividad Forestal”.
Puntualmente incorporaran un párrafo al artículo 43 que establece: transcurrido el plazo de 30 días contados a partir de la detección de la infracción, en tanto no corresponda su entrega, mediante disposición del Director de Bosques, se dictará orden de decomiso y donación de los productos forestales decomisados a instituciones sin fines de lucro, organismo públicos o privados que así soliciten y que se encuentren registrados conforme lo dicte la reglamentación, preferentemente los municipios.
Cuando se trate de madera dura, en rollo, postes o varillas, aserraderos o labrados, previa comunicación de su disponibilidad, la autoridad de aplicación entregara los mismos a la Dirección de Vialidad Provincial para su uso en la red provincial de caminos y a los municipios.
La norma se aprobó con los votos del oficialismo y aliados y la abstención de Carlos Martínez del Bloque Libres del Sur.
Carlos Beltrán sostuvo que “esta ley tiene por objeto modificar el artículo 43 de la ley 7153 para destinar a la Dirección de Vialidad Provincial y a los municipios todo lo que constituye madera en decomiso porque es de suma utilidad para la construcción de alambrados, puentes, perimetrales al costado de la ruta, etc.”
A la hora 22,02 el titular de la Legislatura Eduardo Aguilar levantó la sesión al quedar sin quórum.