Rigen en los municipios las líneas agronómicas definidas por Ambiente
El Ministerio de Planificación y Ambiente, autoridad de aplicación de la Ley Nº 7032 de Biocidas, comunica que conforme al Decreto Reglamentario Nº 1567/13 cada Concejo Municipal debe aprobar la línea agronómica en un plazo de noventa (90) días de ser recibida a cuyo término comenzará aplicarse la línea propuesta por la autoridad de aplicación para establecer el límite a partir del cual se contarán las distancias de aplicación de agroquímicos para cada localidad, tal cual lo ordena la normativa vigente.
La autoridad de Aplicación ha propuesto, en el mes de abril del corriente, a todos los Municipios de la provincia del Chaco una línea agronómica para ser debatida, modificada o aprobada por cada Concejo.
Al haber transcurrido el plazo legal y a fin de poder ejercer el adecuado cumplimiento de las facultades fiscalizadoras que otorga la ley a la autoridad de aplicación, el Ministerio de Planificación y Ambiente informa que se tendrá en cuenta la línea agronómica propuesta por la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, con el fin de contar las distancias de aplicación de agroquímicos tal cual lo autoriza la ley Nº 7.032 hasta tanto el Concejo apruebe o modifique la línea propuesta. Asimismo, se comunica que se encuentran abiertas las inscripciones al Registro Provincial de Aplicadores Aéreos y Terrestres de Agroquímicos, en el cual se deberán registrar todas las personas físicas y jurídicas que desempeñen dicha actividad en la Provincia.
Los Aplicadores Terrestres deberán dirigirse al Municipio más cercano o a la sede de la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable sito en Marcelo T. de Alvear Nº 145 9º Piso Oficina 8º.
El incumplimiento o infracción a la normativa vigente trae aparejada sanciones que pueden ser multas, clausura, decomiso de los equipos de aplicación o inhabilitación de los profesionales intervinientes.