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Recuerdan las sanciones existentes
Miércoles, 11 de septiembre de 2013
Está prohibido iniciar incendios rurales
Teniendo en cuenta los severos daños materiales que los incendios rurales ocasionan en provincias del país, desde la Dirección Provincial de Defensa Civil se recuerda la prohibición de la quema de pastizales en zonas rurales y las sanciones existentes al respecto. Al respecto, es importante mencionar las diversas aristas que se deben tener en cuenta por la ciudadanía en relación a los procesos ígneos.


Desde la Dirección que depende de la Subsecretaria de Gobierno, Justicia y Culto del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad se recuerda que los incendios en áreas rurales destruyen: pastizales, bosques nativos e implantados y en consecuencia deterioran los suelos y la fauna silvestre. Todas las actividades productivas son afectadas perjudicando la cobertura de rastrojos y a la hacienda.

Riesgo

Se recordó que los postes se queman e igual riesgo corren las viviendas y muy especialmente las personas; el humo es riesgoso para la salud y altera la visibilidad en caminos y rutas, por eso es fundamental tomar medidas de precaución para evitar los fuegos descontrolados tales como la quema en los campos.
Se debe también alejar materiales combustibles de las vivienda como gasoil e insumos agropecuarios inflamables, también es importante retirar hojarasca, ramas y maderas.
En caso de incendios se debe avisar de inmediato a los Bomberos o a una dependencia policial o bien al municipio cercano, es útil también ubicar fuentes de agua en accesos.
Humo peligroso
Desde la Dirección Provincial de Defensa Civil se hace hincapié en la peligrosidad que genera el humo en los caminos y rutas, motivo por el que se debe evitar directamente la quema de campos.
Los fuegos descontrolados destruyen los recursos naturales, las inversiones productivas, tales como pasturas, forestaciones, cultivos, rastrojos, viviendas y alambrados y además ponen en riesgo vidas humanas.
Otra precaución a tener en cuenta debe ser el resguardo del predio y la línea de alambrados, limpiando de vegetación una franja de más de 10 m de ancho. Para establecer esa barrera cortafuegos se pueden aprovechar elementos existentes tales como caminos, senderos de ganado, vías férreas, espejos de agua.
En el comunicado emanado desde la Dirección Provincial de Defensa Civil se recuerda que se deben evitar someter a quema de pasturas naturales o artificiales.

Normativas legales
Existen ciertas restricciones y prohibiciones relacionadas a la generación de incendios, así como a lo relacionado con las consecuencias de los mismos, ellas son:
Ley 6388 en su Artículo 3°: Prohíbase en la Provincia el uso del fuego para la eliminación de la vegetación, de rezagos de material leñoso, o como herramienta de manejo agropecuario, salvo autorización previa, expresa y fehaciente de la autoridad de aplicación, conforme al cumplimiento de las pautas administrativas y técnicas que en dicho ámbito se fijen. El uso del fuego en violación a esta norma, dará lugar a las sanciones previstas en esta ley.
ARTICULO 9°: Las infracciones previstas en la presente ley serán sancionadas por la autoridad de aplicación, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal por la comisión de delito o cuasidelito, con las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento.
b) Multa en efectivo de un Salario Mínimo Vital Móvil y hasta un máximo de 100 salarios mínimos, vital y móvil.
c) Suspensión temporal, parcial o total de las autorizaciones concedidas.
d) Decomiso de las materias primas forestales obtenidas, así como de los instrumentos, maquinarias, equipos, herramientas y/o medio de transportes utilizados para cometer la infracción.


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