La millonaria multa que deberá pagar Leandro Zdero por negarse a garantizar derechos de una comunidad Wichí
El gobernador de Chaco, aliado de Javier Milei, desobedeció una resolución fechada hace cinco meses que lo obligaba a cumplir con condiciones de salud y alimentación básicas de un pueblo indígena del noroeste provincial. Deberá pagar diariamente unos 85,9 millones de pesos.
La postura obstinada del gobierno de Leandro Zdero, aliado político de Javier Milei, de negar reiteradamente la situación de desamparo que atraviesa el pueblo Wichí en El Impenetrable chaqueño, derivó en una decisión judicial histórica.
El Juzgado Civil y Comercial 6 de Resistencia fijó una inédita multa diaria de 85,9 millones de pesos al gobierno del Chaco por incumplir una medida cautelar dictada en marzo pasado, destinada a garantizar derechos básicos de comunidades indígenas ubicadas en el noroeste provincial.
La resolución, a la que tuvo acceso Página/12, fue firmada el viernes por el juez Jorge Sinkovich, quien consideró que el Poder Ejecutivo local incurrió en desobediencia al no dar cumplimiento total a lo ordenado hace más de cinco meses. La sanción económica, en concepto de astreintes, deberá abonarse a favor de las comunidades indígenas demandantes.
¿De dónde surgió el multimillonario monto a pagar? El cálculo se realizó en base a la cantidad de habitantes estimados (20.000) y al valor de la Canasta Básica Alimentaria del mes de julio de 2025, que ascendió a poco más de $515 mil.
“La medida dispuesta precedentemente y el monto fijado se fundamenta en la situación de vulnerabilidad en que se encuentran los pueblos originarios accionantes y a los fines de lograr el cumplimiento de la medida cautelar y por consiguiente la tutela judicial efectiva”, explicó el magistrado.
Sinkovich recordó que el derecho a la salud y a la vida tienen jerarquía constitucional y citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, así como instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Declaración Universal y la Convención Americana.
La autoridad pública tiene “la obligación impostergable de garantizar esos derechos con acciones positivas”, expresó el juez, al fundamentar la decisión de aplicar las astreintes millonarias hasta tanto se cumpla con la medida cautelar vigente. Se da por descontado que el gobierno provincial apelará esta resolución.
Derechos vulnerados
La pobreza estructural que desde hace décadas golpea a las comunidades indígenas del Chaco se profundizó con la llegada al poder de Milei, en la Nación, y Zdero, en la Provincia. En ese contexto, la Defensora General Adjunta, Gisela Gauna Wirz, presentó en diciembre de 2024 una acción de amparo con medida cautelar ante el Superior Tribunal de Justicia, reclamando al gobierno provincial asistencia urgente para el pueblo Wichí.
Cabe recordar que desde 2007 rige una cautelar dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en favor de los pueblos originarios chaqueños, aunque solo beneficia a familias de la etnia Qom. En aquel momento, el entonces Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, describió la situación como un “exterminio silencioso”.
El Superior Tribunal provincial se apartó de la nueva presentación de Gauna Wirz y derivó el caso al Juzgado Civil y Comercial N.º 6 de Resistencia, a cargo del juez Sinkovich, quien actualmente supervisa la ejecución de aquella cautelar de la Corte. Durante la feria judicial de verano, el Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACH) también pidió al mismo juzgado que la acción se ampliara para incluir al pueblo Wichí.
En enero, funcionarios provinciales prometieron asistencia en una audiencia judicial, compromiso que —según denunció el IDACH— nunca se concretó. El organismo advirtió que el cierre de comedores escolares en plena temporada estival dejó sin sustento a cientos de familias, afectando de manera directa el derecho a la alimentación de niñas, niños y adolescentes, sobre todo en el departamento Güemes, donde se concentra la mayor población Wichí.
Agua y comida
El 18 de marzo, el magistrado hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Defensoría Adjunta y ordenó al gobierno de Zdero garantizar la provisión “continua, oportuna y adecuada” de agua potable y alimentos a las comunidades Wichí de Misión Nueva Pompeya, El Sauzalito, Fuerte Esperanza y parajes de El Impenetrable, hasta tanto se resuelva el amparo en trámite. En la causa intervienen como “amigos del tribunal” el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Defensoría General de la Nación.
Tras analizar los informes oficiales, Sinkovich concluyó que el pueblo Wichí atraviesa una situación de “extrema pobreza”, consecuencia de la falta de políticas públicas eficaces. Señaló, además, que las medidas tomadas por la gestión de Zdero fueron “insuficientes” y que las comunidades sufren agravantes como el aislamiento geográfico y la discriminación estructural.
El gobierno chaqueño apeló la medida. La Fiscalía de Estado sostuvo que el Ejecutivo ya asiste a las comunidades indígenas y que la acción de la Defensora Adjunta se basa en planteos “abstractos”. También calificó el fallo como una decisión con “finalidad mediática”. “La Provincia viene ejecutando las acciones en las zonas mencionadas, lo que se encuentra sobradamente acreditado”, afirmaron los abogados del Ejecutivo.
Sin embargo, los testimonios recabados por los pobladores en el territorio desmienten esa versión. Según la Defensoría Adjunta, la situación empeoró y persiste una “afectación directa a la vida y dignidad del pueblo Wichí”. Por ello, Gauna Wirz pidió al juez que intime al gobierno a cumplir de manera inmediata lo dispuesto, solicitud que Sinkovich acompañó al fijar un plazo de dos días hábiles para que la Provincia informara qué acciones concretas había realizado.
En respuesta, el Ejecutivo presentó informes de distintos organismos que mencionan obras proyectadas, refuerzo sanitario y distribución de módulos alimentarios del programa “Ñachec” (“gracias”, en lengua Qom).
Para la Defensora Adjunta, esas presentaciones fueron meramente formales: describen planes ya existentes o proyectos futuros, pero no acreditan una asistencia efectiva. Sostuvo que la entrega de agua y alimentos sigue siendo esporádica, insuficiente y limitada a algunos puntos.
Ante ello, solicitó al juez que intime nuevamente al Ejecutivo a detallar con precisión fechas, lugares, cantidades y frecuencias de la asistencia. Y advirtió que, de persistir el incumplimiento, se apliquen multas diarias y progresivas contra los responsables hasta lograr la ejecución plena de la medida cautelar. Sinkovich hizo lugar al planteo y avanzó con la aplicación de los multimillonarios astreintes.
Fuentes de la Defensoría General del Poder Judicial confiaron a este diario que es complejo ahora explicar a las comunidades que la multa no será depositada de inmediato, sino que esta resolución forma parte de un proceso que aún no concluyó. “La realidad es que se ganó en los papeles, pero todavía no se ganó nada”, explicaron.