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EN SINTONÍA CON LAS MEDIDAS NACIONALES
Sábado, 17 de abril de 2021
Covid-19: Confirmaron la continuidad de las medidas de restricción hasta el 30 de abril
A través del Decreto 792/21 la Provincia ratificó las medidas que ya se venían implementando en sintonía con las disposiciones nacionales. Se recuerda el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios: uso de barbijo o tapaboca, higienización permanente de manos y distanciamiento entre las personas.



#Covid19: Medidas sanitarias vigentes hasta el 30 de abril

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Publicada por Chaco Gobierno de Todos en Sábado, 17 de abril de 2021




Reuniones y Eventos: No están permitidos eventos públicos y privados en espacios cerrados, bajo cualquier modalidad o motivo, con la excepción de reuniones familiares de grupos convivientes en domicilios particulares y eventos en espacios abiertos, con límite de hasta 20 personas.

Disposición Especial: las empresas del Estado prestadoras de servicios públicos estarán facultadas a interrumpir el servicio en aquellos inmuebles en los que, además de incumplir con la restricción de eventos, se registren irregularidades o alteraciones en la declaración de categoría de usuario o en la potencia declarada. El Ministerio de Seguridad y Justicia será el organismo de contralor, que notificará a la empresa prestataria la infracción cometida, identificando el responsable y la ubicación del inmueble. La reconexión del servicio se hará efectiva una vez que se acrediten las sanciones o multas aplicadas.

Casinos, cines, centros comerciales: La actividad se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada.

Gastronomía, restaurantes, bares: Se permitirá la permanencia de personas, en grupos reducidos con distanciamiento social, con limitación de capacidad, desde las 8 hasta las 00.

Gimnasios, actividades físicas y deportivas: Se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada, y no está permitida la presencia de público.

Iglesias, cultos, celebraciones religiosas: Se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada y no podrán durar más de 2 horas.

Restricción de circulación: Se ratifica la restricción total de circulación de personas entre las 00 y las 6 de cada día, con excepción de aquellas personas que deban ejercer su trabajo, por tareas esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

Permisos de ingreso y circulación: Se dispone la obligatoriedad del Permiso de Ingreso a la provincia, gestionado a través de Tu Gobierno Digital.

Transporte: Para el área metropolitana del Gran Resistencia la capacidad de ocupación habilitada será del 100% de pasajeros sentados en cada unidad, en el horario de de 5 a 00. No está permitido el traslado de pasajeros parados. Además se establece la obligatoriedad para las empresas del transporte público, de fortalecer las frecuencias del servicio en los horarios pico.

Turismo: No están permitidos los viajes o tours de egresados o contingentes que impliquen personas mayores de 60 años o integrantes de grupos de riesgo. El Gobierno no recomienda el traslado de personas desde y hacia otras jurisdicciones provinciales, sobre todo en aquellas en las que existan casos detectados de la variante del SARS-CoV-2.

Mientras que, conforme al Decreto 810/21, se deberá minimizar o eliminar la presencialidad de agentes de la administración pública que pertenezcan a grupos de riesgo, pero cumpliendo bajo la modalidad de teletrabajo.


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