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RUBH
Domingo, 19 de noviembre de 2017
Alerta sobre la venta informal de lotes registrados por el estado
Recordaron que el Registro Único de Beneficiarios del Hábitat no es un título de propiedad y por lo tanto cualquier venta de los lotes en cuestión, no tendrá validez legal

Desde el Ministerio de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial advierten que continúa la venta informal de inmuebles que aún no fueron regularizados. Se trata de tierras fiscales que fueron loteadas y registradas por el Estado provincial a través del Registro Único de Beneficiarios del Hábitat (RUBH).

En la actualidad, el RUBH es el instrumento con el que cuenta el Estado chaqueño para tener noción real del estado en que se encuentran las tierras expropiadas por Ley, certificando la situación de una familia dentro del terreno que habita, pero sin otorgarles derechos posesorios sobre el mismo. Con esta constancia, el beneficiario puede iniciar todos los trámites pertinentes ante las reparticiones del Estado para obtener los servicios básicos.

El proceso inicia con un censo de los ocupantes de la tierra urbana y periurbana que no cuenten con el dominio a su nombre. Tras cumplimentar con varias etapas, el habitante del terreno obtiene el certificado del RUBH; que es un paso importante en el proceso de titularización. No obstante desde el Ministerio aclaran que se trata de un proceso destinado a regularizar el dominio de inmuebles de familias que por diversas situaciones sociales o económicas habitan de manera irregular un terreno, generándoles la posibilidad de mejorar su calidad de vida, herencia para la familia y seguridad jurídica al alcanzar el título de propiedad.

Desde la cartera provincial, ratificaron que el objetivo del proceso no es fomentar un negocio inmobiliario informal de tierras fiscales. En este contexto, la directora del RUBH, Patricia Latorre marcó que el certificado del RUBH “no es un título de propiedad” y recomendó a la ciudadanía en general que no compre ningún lote ubicado en tierras fiscales o asentamientos.

Además, la funcionaria recordó que la Ley indica que únicamente puede regularizar el inmueble el ocupante originario, conyugue o sucesores hereditarios que hayan continuado con la ocupación. También pueden hacerlo personas que hubiesen convivido con el ocupante originario recibiendo trato familiar por un lapso no menor a dos años anteriores al 1 de enero de 2009 y que hayan continuado con la ocupación.

El RUBH funciona bajo la órbita de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial y sus oficinas están ubicadas en avenida Sarmiento 719, de Resistencia. Allí, el registro cuenta con una base de datos e informes con los cuales se arman los expedientes de los beneficiarios. De este modo, cualquier venta ilegal de los lotes en cuestión, no tendrá validez legal.


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