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NO ESTÁN DADAS LAS GARANTÍAS
Miércoles, 14 de enero de 2015
Tarifa de transporte: Corregido solicitó la postergación de la audiencia pública
El Defensor del Pueblo del Chaco, Gustavo Corregido, solicitó formalmente en nota dirigida al subsecretario de Transporte de la Provincia, Marcelo López, tenga a bien postergar la audiencia pública fijada para el día 15 de enero de 2015, en relación al aumento de tarifa del transporte público de pasajeros, conforme las facultades que le otorga el reglamento de las audiencias en virtud de la falta de documentación respaldatoria de los estudios de costos.


Ante la convocatoria, la Defensoría solicitó por nota N° 239/14 copia de los estudios de costos con los que contaba ese organismo. En fecha 29 de diciembre fue remitido por parte de la Subsecretaria de Transporte el estudio de costos, sin su documental respaldatoria, es así que en fecha 30 de diciembre por nota se pidió la remisión de documentales entre los que se requería datos sobre presupuestos materiales e insumos y/o servicios que contratan a terceros; cotización por cada vehículo por modelo; cotización de seguros de personal y de vehículos; presupuestos de verificación técnica; presupuestos y facturas que representen gastos; listado de recursos humanos de cada empresa, discriminando la función de cada uno; copias de declaraciones juradas que fueran remitidas a la Secretaria de Transporte de la Nación por parte de las empresas en el periodo de septiembre 2013-agosto 2014.

La Subsecretaría remitió nueva nota con fecha 5 de enero, sin la documental requerida, por tal razón Corregido recordó que el artículo 2 de la ley 4654, determina el concepto de audiencia pública "a aquella instancia de participación ciudadana en el proceso de toma de decisión administrativa o legislativa, en la cual la autoridad responsable habilita un espacio para que toda la comunidad que se sienta interesada en participar lo haga libremente".

En tanto el artículo 4 de esa normativa establece que si bien el carácter de la audiencia es consultivo y no vinculante, dispone que la autoridad responsable de la audiencia debe determinar de qué manera ha tomado en cuenta las opiniones de la ciudadanía y en su caso porque razones la desestima.

"En consecuencia si tal como lo establece la normativa, la participación en la audiencia pública es una participación en el proceso de toma de decisiones administrativa, para poder participar de esa toma de decisión se deberá contar previamente con la totalidad de la información cierta y detallada para tener un conocimiento que permita participar en esa decisión, en el caso el aumento de tarifa de transporte".

Además el artículo 47 de la Constitución Provincial establece que el Estado deberá garantizar los derechos de los usuarios por medio de información adecuada y veraz, debiendo esta información ser completa a los fines de la garantía de los mencionados derechos.

"Debido a la complejidad que implica determinar el costos de una tarifa, más aun en el transporte público de pasajeros, resulta necesario contar con la documentación respaldatoria requerida con la debida antelación y así poder ejercer en representación de los usuarios de la provincia una adecuada participación en el proceso de toma de decisión administrativa. Es por ello y en merito a las facultades que le otorga la mencionada normativa solicito la postergación de la audiencia pública, hasta tanto este organismo y los usuarios en general puedan contar con la totalidad de la información en relación a la formación del costo", concluyó Corregido.


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