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Competencia exclusiva en materia de Pueblos Indígenas
Domingo, 28 de septiembre de 2014
Verdún propone una Defensoría Especializada en Pueblos Originarios
El Vicepresidente 2° de la Cámara de DiputadosProf. Luis Verdún proponela creaciónpor ley de una Defensoría Oficial Especializada, dentro del Ministerio Público del Poder Judicial de la Provincia del Chaco, en la Primera Circunscripción Judicial, con competencia exclusiva en materia de Pueblos Indígenas, con asiento y sede en la Ciudad de Resistencia.


En los fundamentos sostiene que constituye una forma de dar respuesta a las legítimas demandas de los Pueblos Indígenas de nuestra Provincia, para la construcción de la coexistencia de los ciudadanos en nuestro Chaco pluricultural y plurilingüe. Significa un compromiso ético y político con el concepto de "reparación histórica" que protege a los Pueblos Indígenas; concepto que supone la justicia reparativa, el deber de memoria y la acción positiva.

Asimismo, el diputado radical indica que esta iniciativa parte del reconocimiento de su condición de sujetos de derecho y de su capacidad para determinar y jerarquizar sus objetivos y acciones consecutivas, en el marco del Estado democrático de derecho.

El fin de este Proyecto de ley es progresar en la defensa de los derechos indígenas y en suplir la inacción por parte del Estado ante hechos para los que se requiere sujetos especializados que puedan actuar en forma eficaz en representación de los intereses de los pueblos indígenas. También es utilizable como un puente que posibilite la conexión entre los pueblos indígenas y el Estado, ya que la coyuntura actual expresa la discordancia abundante entre ambos sujetos. Esta elaboración legislativa tiende a remediar, parcialmente, la relación fragmentada y ardua de los respectivos pueblos y el Estado, expresa la propuesta parlamentaria que acompañan legisladores de Unión por Chaco.

Este Proyecto intenta garantizar la vigencia de los derechos de los pueblos indígenas, sostenidos en el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, en los Tratados Internacionales relativos a la protección de los pueblos indígenas y en el artículo 37 de la Constitución del Chaco, finaliza Verdún.


Editor Responsable: Jorge Tello
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