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CONVALIDA LA RESOLUCIÓN 506 DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Miércoles, 17 de septiembre de 2014
Diputados debatieron el fallo del STJ que habilita suplentes para docentes de paro
Como cuestión previa a la alteración del orden del día previsto para la Sesión ordinaria de este miércoles, los diputados se refirieron al fallo del Superior Tribunal de Justicia que convalida la resolución 506 del Ministerio de Educación de la Provincia del Chaco, permitiendo a éste organismo del Estado convocar a suplentes para reemplazar a los docentes que hagan paro.



El diputado Carlos Martínez explicó que “el día 11 de Septiembre tomó estado público la sentencia 300/14 del Superior Tribunal de Justicia que fuera dictada el 9 de septiembre para resolver una cuestión que fuera planteada a través de la acción de amparo del gremio SITECH contra el Ministerio de Educación, dictada luego de una declaración de inconstitucionalidad de la Resolución 506/13 del Ministerio de Educación que -como todos conocemos- implantó un hecho inédito en la historia laboral de la Argentina que es la posibilidad del reemplazo de docentes en huelga”.

En relación a los cuestionamientos a la resolución, detalló que “ya decíamos en su momento que la resolución 506 es antirreglamentaria, porque viola el Decreto 1217/91 en lo que respecta a los plazos mínimos para designar suplentes en cargos de base y en cargos de ascenso, decíamos que era ilegal porque violaba el Estatuto del Docente porque no puede haber designación de docentes suplentes sin causa legal, sin un motivo que se justifique plenamente en los términos del Estatuto, también nos encargábamos de hablar respecto a la congruencia de esa resolución respecto al orden constitucional, tomado esto en sentido no solo de la Carta Magna provincial y nacional, sino también de los pactos y tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional”.

“Concretamente –puntualizó- dijimos que violaba las disposiciones de los convenios 87 y 98 de la OIT que tienen jerarquía constitucional respecto del derecho de huelga, lo establecido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y de la Convención Americana de Derechos Humanos, y también dábamos a conocer nuestras dudas y falta de esperanza en la capacidad de esta resolución para resolver el conflicto educativo respecto de un sinnúmero de situaciones particulares y la inconducencia de la medida en perspectiva de políticas educativas”.

Manifestó “quiero revalorizar el derecho de huelga como la posibilidad de ampliación de derechos, utilizado responsablemente ha demostrado en la historia del movimiento obrero la capacidad y la potencia para mejorar la calidad de vida de las personas que crean las riquezas en los países y provincias de Latinoamérica y el mundo. Hay una cuestión central en el tema de la 506 que se pretende instalar que es que esta resolución no viola el derecho de huelga, y la característica de la huelga es la abstención por parte del empleado de realizar su tarea y es una herramienta de presión que consiste justamente en que el empleador no va a contar con los servicios del trabajador, la naturaleza de la huelga se constituye de estos momentos esenciales, la ausencia de prestación laboral y del otro lado la herramienta de presión sobre el empleador que esto significa”.

El diputado Juan José Bergia, recordó que este tema comenzó con una medida dictada por el Fiscal de Investigaciones Administrativas (FIA) en la que se ordenaba al Ministerio de Educación a garantizar el dictado de clases, y enfatizó que “así como mencionó el diputado preopinante respecto al derecho a huelga, en la Constitución Nacional, Provincial y en los tratados internacionales con rango constitucional está también presente el derecho a la educación, y en ese sentido se dicta una sentencia judicial donde se obliga a la provincia a no desligarse de la educación.”

Agregó que “no se genera un caos, ninguno de estos trabajadores pierden sus derechos o puestos de trabajo, lo que debemos garantizar es la educación de nuestros hijos; estamos convencidos que el Estado tiene que brindar la educación, el Ministerio de Educación está dialogando con los docentes, de hecho han llegado a algunos acuerdos, no así con otros gremios, hay dos gremios que no lo han hecho y no podemos perder nuestra tranquilidad, primero nos enojamos con la FIA, ahora con el STJ, y nos parece que este fallo lo único que hace es garantizar el derecho a la educación”.

“Estamos convencidos –sostuvo- que la educación no es un gasto, es una inversión como se planteó la FIA en su momento cuando se hablaba de que se iba a gastar más dinero para que otros docentes den clases y no se pierdan esos días, nuestra Constitución Provincial lo dice, la Nacional también, los convenios internacionales también, lo que tenemos que plantear es que se busquen puntos de encuentro con aquellos gremios que hacen paro, por lo tanto, vamos a solicitar el equilibrio necesario al Ministerio de Educación, a los docentes, y que fundamentalmente se insista con el diálogo.”

Viviana Damilano coincidió con lo expresado por el diputado Bergia y recordó que “un día como el de ayer 16 de septiembre el pueblo del Chaco daba su respaldo a la fórmula Capitanich - Ivanoff dándonos una gran responsabilidad, y cuando se planteó el programa de gobierno, el modelo educativo que se impuso y sigue vigente fue el de la inclusión, la equidad y la calidad educativa”.

Destacó que “se trabajó durante 7 años para concretar esa inclusión, jardines de infantes, escuelas secundarias en parajes rurales, educación indígena, asignación universal que tiene como contraprestación la concurrencia de los niños y jóvenes a las escuelas, casi 500 escuelas reconstruidas y nuevas, una cantidad de infraestructura que se hizo durante 7 años, equipamiento en bibliografía, informática, igualdad de condiciones a los educandos y educadores”.

En lo referente a calidad educativa hizo hincapié “en el aumento de presupuesto en educación desde el 2003 a esta parte, en el Chaco se cumple y se supera el 33 % que manda la Constitución; estamos transitando un proceso que nos señala que trabajamos por la calidad educativa. Soy docente y recuerdo los 10 años cobrando esos 222 pesos, donde después cuando comenzamos a tener magros aumentos, eran con bonos, en negro”.

Afirmó la legisladora que “necesitamos hacer entre todos la calidad educativa, que tanto alumnos como los docentes estén en clase, atendiendo a que la Justicia ya ha fallado por segunda vez y el STJ destaca en ese fallo que desestima el recurso de inconstitucionalidad que se plantea y considera la educación como un derecho jerárquico. Creemos que la 506 no vulnera derecho de huelga sino que garantiza el derecho de niños adolescentes a la educación”.

Posteriormente, se refirió al tema el diputado Luis Verdún, manifestó que "respeto el fallo del Superior Tribunal de Justicia, pero hay una cuestión sobre la que incluso el fiscal Lagos nos da la razón y tiene que ver con la subversión del orden jurídico en el entendimiento de que una Resolución nunca puede estar por encima de una Ley, ni siquiera de un Decreto; por esto entiendo que hay una contradicción ya que Lagos luego le otorga un manto de protección a esto que nosotros consideramos que es una violación legal, pero con fundamentos vacuos fundados en su propia voluntad”.

Sin embargo, sostuvo que “esto de que alguien que dice ser progresista esté celebrando o contento por la resolución 506 es incomprensible, en primer lugar porque esa resolución va en contra de este Poder, a todos los legisladores nos quita funciones porque nunca una resolución puede estar por sobre un decreto reglamentario y una Ley, si alguno no conoce, o no sabe, o se olvidó lo que dice el Estatuto del Docente les recuerdo que solo se puede designar suplente por 5 días como mínimo. ¿Entonces cómo el Ministro, arrogándose facultades de legislador, puede sacar una resolución que está en contra de lo que establece el Estatuto del Docente y su decreto reglamentario?”.

Insistió en resaltar que “no creo que ningún docente festeje la conculcación del derecho a huelga, con el mismo criterio el ministerio de salud puede designar por 2 o 3 días a un director de hospital, a un médico, los que antes las alzaban hoy están arriando las banderas de las luchas de los trabajadores”. Y aclaró que “estamos de acuerdo en defender a la educación y que las escuelas estén abiertas pero eso no nos habilita a hacerlo de cualquier manera subvirtiendo el orden legal”.

Agregó que “cuando en su momento el fiscal dijo hay que asegurar el derecho a la educación, no dice que tiene que ser con un instrumento del Ministro que no le corresponde y no tiene atribuciones; lo que tenía que hacer el ministro era convocar a los gremios que hacían medidas de fuerza, dialogar, que depongan esa actitud, eso sugirió el fiscal y no un instrumento para subvertir el orden jerárquico en cuanto a las leyes”.

El diputado Daniel Trabalón fundamentó el rechazo al fallo del STJ “que pretendiendo darle un ropaje legal y un fundamento jurídico avala la decisión política que establece la resolución 506.
Hay varios temas en debate, se ha hablado del derecho a huelga y del derecho a la educación y se planteó en ese marco desde aspectos jurídicos legales al debate político”. Sostuvo que “el fallo del STJ no nos sorprende, es casi un acto de coherencia de este STJ que se constituyó al calor del rozismo que cuestionamos y que seguimos cuestionando, cuyo presidente entró violando la Constitución, por eso no es sorprendente que haga lo que hizo con este fallo, que ratifique una resolución que tiene un objetivo y es parte de una estrategia, una política de Estado más allá de los colores políticos sobre la manera de tratar con los paros”.

El diputado instó a “dar un debate de fondo sobre como abordamos el derecho a la educación y el derecho a huelga, esta resolución inconstitucional tiene como objetivo vaciar el derecho a huelga dejarlo sin sentido, ese es el objetivo de fondo, está claramente violando leyes provinciales, como el Estatuto del Docente”.

Agregó que “la primer política que se llevó desde los distintos gobiernos frente a las huelgas cuando no hay capacidad política para dar ese debate en la comunidad y hay reclamos que son tomados por los docentes fue la de los descuentos, la aplicación e instrumentación de los descuentos va más allá de los días de paro, hay docentes que no hicieron paros y sufrieron descuentos, hay docentes a los que se les sacó el 70% de sus sueldos, los descuentos al igual que esta resolución, lo que buscan es generar miedo para que la convocatoria a los paros no tenga éxito.”

“Para garantizar la educación –insistió- sería importante que el Estado y la Justicia vean qué pasa con los chaqueños que no tienen acceso a ese derecho, valoramos la inclusión pero hay que sostener estas políticas, cuando hay reclamos que tienen consenso, la respuesta debería ser el diálogo político. No compartimos que el Estado aplique las leyes como él quiere, no es la respuesta seguir sosteniendo estas políticas, no la avalamos, debemos dar un debate político y asumir responsabilidades desde la Justicia y el Estado cuando el Estado incumple la Constitución y las leyes”.

El diputado Ricardo Sánchez expresó “en orden a esta resolución que tanto debate ha generado en la sociedad, podemos decir que no es que uno pueda estar contento por el fallo del STJ, pero es bueno que debatamos este tema del equilibrio entre el derecho de huelga y el de educación, y esto no implica decir que solo el derecho de huelga tiene garantía constitucional, sino que el debate es constitucional entre estos dos derechos”.

Recordó que “el contrato de trabajo es siempre bilateral, donde una parte pone a disposición su capacidad de trabajo y la otra parte el pago, en ese contrato de no producirse esa prestación laboral tampoco se produce el pago” y explicó que en el caso de los trabajadores estatales, “desde lo político se producen devoluciones de esos descuentos en el marco de la negociación, eso integra un acuerdo político que no altera lo que toda la doctrina y la jurisprudencia piensa unánimemente respecto de que el derecho de huelga no implica que la parte que contrata esa prestación de servicio deba financiar esa huelga, no puede sancionarlo al trabajador pero no está obligado a pagarle”.

“La resolución 506 –recordó- no es un libre albedrío del Ministro Soto, es el cumplimiento de una orden judicial que nace con la sentencia que el 21 de marzo de 2013 dictara la Justicia haciendo lugar a una medida cautelar y ordenando a la provincia del Chaco que adopte las medidas para garantizar los días de clase. Incluso la Ley Nacional de Educación a la que nos adherimos establece esa exigencia de la obligación estatal de garantizar la educación”.

Observó que “puede haber interpretaciones como la de la Dra. Grillo y la de los legisladores que se expresaron pero claramente el fallo de Grillo contempla solo una parte del problema que es el derecho de huelga y me parece que a esa interpretación le falta la otra cara del problema que es el interés superior del niño que también esta en la Constitución, el niño no puede ser víctima de esa puja entre los trabajadores y el Estado”.


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