Miércoles, 24 de Abril de 2024
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AISLAMIENTO OBLIGATORIO
Jueves, 26 de marzo de 2020
Se restringió la circulación sobre Avenida Soberanía Nacional
Continúan habilitados los accesos por las intersecciones con las avenidas Urquiza, Alberdi, Malvinas Argentinas, Mac Lean y con calle Lisandro de la Torre. El resto se encuentra bloqueado con efectivos policiales que permitirán el paso a quienes se encuentren contemplados en las excepciones de los decretos provinciales 432 y 433/2020

El Ministerio de Seguridad y Justicia y la Municipalidad de Resistencia dispusieron la restricción de la circulación sobre avenida Soberanía Nacional, principal corredor al Sur de Resistencia, quedando habilitado sólo cuatro accesos: las intersecciones con las avenidas Urquiza, Alberdi, Malvinas Argentinas, Mac Lean y con calle Lisandro de la Torre.

La medida busca reducir la circulación de las y los vecinos durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto para disminuir y combatir la propagación del Covid-19.

Por ello, este miércoles el personal de la Dirección de Vialidad Provincial bloqueó cruces y pasarelas con montículos de tierra, e inmediatamente Policía del Chaco procedió con el protocolo de seguridad y prevención pertinente. No obstante se permitirá el paso a quienes acrediten una necesidad de trasladarse y estén contemplados en las excepciones de los decretos provinciales 432 y 433/2020.
 
 
Excepciones:
Podrán circular por la vía pública quienes necesiten adquirir alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad, o visiten una entidad financiera, quienes se dirijan a centros sanitarios (y posean certificado médico), quienes asistan a sus lugares de trabajo porque prestan un servicio esencial (justificando con certificado del empleador), quienes regresen a su domicilio (acreditando con el DNI), quienes acudan a buscar a un familiar que regresa (acreditando con una exposición policial en la Comisaría de su jurisdicción), a asistir a un adulto mayor o buscar a un familiar en aeropuerto (acreditando con una declaración jurada disponible en argentina.gob.ar).

Los servicios esenciales continúan su actividad para garantizar el abastecimiento (y regulación de precios) de alimentos, medicamos e insumos básicos: combustible, para acopio y comercialización; fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos alimenticios, higiene personal y bebibles; atención médica, odontológica y bioquímica; fabricación y provisión de insumos complementarios de productos alimenticios, bebida, perfumería y afines; fabricación, distribución y comercialización de insumos, medicamentos y alimentos para mascotas y atención veterinaria; centros de atención telefónica, al 50 por ciento de su capacidad; obras públicas y/o privadas destinada a la refacción y construcción de infraestructura sanitaria; servicios fúnebres y salas velatorias.

También continuarán funcionando los servicios de transporte de logística y entrega de asistencia alimentaria, traslado de pacientes y/o de uso médico, transporte de caudales, transporte de carga de algodón en bruto y en fibra, y transporte urbano de pasajeros, cumpliendo el protocolo.

El transporte de productos esenciales (alimentos, bebidas medicamentos, combustibles, higiene personal, limpieza y los insumos para estas cadenas) será justificado con un remito de carga o declaración jurada y firmada por el representante de la empresa que requiere el servicio. Los vehículos de transportes nacionales o internacionales que transiten por la provincia no podrán descender.


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