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Iniciativa de la Diputada Carmen Delgado Britto
Viernes, 19 de octubre de 2018
Impulsan la gratuidad del servicio de energía para personas electrodependientes
La Diputada Provincial Carmen Delgado Britto, impulsa modificaciones a la Ley Nro. 2402-G (Antes Ley 7715) con el objeto de garantizar a los usuarios del servicio eléctrico de la Provincia del Chaco, denominados y categorizados como “electrodependientes por cuestiones de salud” el reconocimiento total de la facturación del servicio de energía eléctrica y la eximición de su pago.




En la iniciativa presentada por la Legisladora que preside el Bloque UCR-NEA se indica que los beneficiarios “son aquellas personas que requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescrito por un médico matriculado y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud”.

El proyecto, que lleva el número 5455/18, establece además que “Quedan eximidos los electrodependientes por razones de salud, como conviviente o como titular del servicio de suministro de energía eléctrica, del pago del suministro. Deberá evitarse por SECHEEP cualquier conducta que implique privar o interrumpir sus servicios, susceptible de poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de las personas electrodependientes, quedando íntegramente reconocida cualquier facturación, en coherencia con los postulados de la Ley Nacional n° 27.351”.

La Diputada Delgado Britto que integra el Interbloque Cambiemos, fundamenta su propuesta en armonizar sus postulados con la redacción de la ley nacional 27.351, puesto que en oportunidad de su sanción, se invitó a las provincias a adherir a sus preceptos, oportunamente, sin embargo, la Provincia generó su legislación propia, aunque obviando la consideración del singular aspecto que implica el reconocimiento de la facturación de los servicios de suministro de energía eléctrica y la consecuente eximición de pago de la misma.

Elementales razones derivadas del reconocimiento de los derechos humanos de las personas que necesitan atención permanente, por su situación clínica, que involucran necesariamente al entorno familiar, permiten privilegiar el criterio de atender la eximición del pago, frente a la postulación de una “tarifa diferencial”, como norma la actual ley vigente en el Chaco, que en la práctica no ha dado resultado, sostiene la Legisladora.

De esta manera, se corregiría el curso de acción actual, y la atención eficaz de los pacientes que demandan este tipo de prestaciones, todo ello en acuerdo con la letra y espíritu de nuestra Constitución que dispone que el Estado sea garante de la salud, particularmente ante la existencia de casos graves que requieren una urgente solución para hacer efectivo tal derecho y evitar todo riesgo de vida o empeoramiento en las condiciones de salud de las personas electrodependientes en el territorio de nuestra provincia, finaliza lo expuesto por Carmen Delgado Britto.


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