Municipio propone una moratoria para cancelar deudas pendientes
Hasta el 31 de julio, la Municipalidad de Resistencia brinda a los contribuyentes la oportunidad de ordenar sus números con el municipio y aprovechar el régimen de regularización impositiva provisto de importantes beneficios, con planes de pago de hasta 3 cuotas con recargos mínimos
El jefe de Gabinete Leandro Zdero estimó que “esta es una buena chance de ponerse al día con todo tipo de tributos municipales, para seguir haciendo juntos las obras y servicios de esta gestión que cambió definitivamente el perfil de la capital chaqueña”.
Ya aprobado en el Concejo Municipal este proyecto impartido desde el Ejecutivo comunal, entró en vigencia hasta el 31 de julio, período en el que los contribuyentes con retribuciones pendientes hacia la comuna pueden acceder a un régimen especial de regularización de deudas tributarias por impuesto inmobiliario, tasas de servicios, patentes, contribuciones por mejoras, cementerio, multas tributarias y contravenciones con liquidación judicial.
Consultas y modalidades de pago Los interesados en acceder a estos beneficios impositivos pueden consultar su respectiva situación en la Dirección General Tributaria -Monteagudo 175- donde estarán disponibles los diferentes boxes que atienden de lunes a viernes, de 7 a 110 y de 14 a 1830. El importe mínimo de abono es de $500 y vale destacar que las personas que opten por un pago contado tendrán un descuento del 100% en los recargos.
Mientras tanto, están disponibles otras dos modalidades que estipulan un pago en dos cuotas y otro en tres. En cuanto a la primera mencionada, el contribuyente puede pagar su deuda a valor original con gastos administrativos mediante dos cuotas iguales (una de anticipo y la otra con vencimiento al mes siguiente más los gastos sin intereses de financiación), sumándose un 30% de recargo por mora.
En cuanto al pago en tres cuotas, el mismo liquidará la deuda a valor original con gastos administrativos, más un 50% de recargos por mora, siendo el plan el siguiente: una cuota en carácter de anticipo y otras dos iguales y consecutivas, más los gastos sin intereses de financiación. Este régimen especial de presentación espontánea contempla que los anticipos se cancelarán el día de acogimiento a la moratoria y cada cuota restante el día 10 del mes siguiente a la fecha.