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Restricciones y prohibiciones al fuego
Jueves, 21 de agosto de 2014
Piden a la población tomar recaudos para evitar incendios forestales y rurales
Desde el Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad y la Dirección Provincial de Defensa Civil hicieron un llamamiento a la comunidad a tomar las medidas de precaución necesarias para evitar incendios en áreas rurales y forestales.



Advirtieron que los incendios en áreas rurales destruyen pastizales, bosques nativos e implantados además de deteriorar los suelos y la fauna silvestre, los riesgos que produce el humo para la salud de las personas y la alteración en la visibilidad en caminos y rutas.

El control en las áreas rurales
Al enunciarse una serie de medidas de precaución para evitar los fuegos descontrolados en áreas rurales, ambos organismos recuerdan no producir la quema de campos; alejar los materiales combustibles de su vivienda tales como gasoil e insumos agropecuarios inflamables, también es importante retirar hojarasca, ramas y maderas. En caso de incendios se recomienda avisar de inmediato a los bomberos, a una dependencia policial o al municipio más cercano y ubicar en lugares de fácil acceso las fuentes de agua.

Advertencia sobre los fuegos en áreas rurales
Por otra parte, desde el ámbito oficial señalan que los fuegos descontrolados destruyen los recursos naturales; las inversiones productivas como pasturas, forestaciones, cultivos, rastrojos, viviendas y alambrados, además ponen en riesgo vidas humanas.
Para evitar incendios, desde la Dirección de Defensa Civil se solicita a los productores que evite la práctica de “quemar porque los demás queman”, como así también se analice los riesgos, se tome las precauciones para resguardar bienes, vidas propias y ajenas, solicitando además que se resguarde su predio y la línea de alambrados, limpio de vegetación y una franja de más de 10 metros de ancho.
Para establecer esa barrera cortafuegos se puede aprovechar elementos existentes tales como caminos, senderos de ganado, vías férreas y espejos de agua.


Restricciones y prohibiciones al fuego

Existen ciertas restricciones y prohibiciones relacionadas a la generación de incendios, así como a lo relacionado con las consecuencias de los mismos y se encuentran establecidas en la Ley 6388 donde en su artículo 3 º establece: “Prohíbase en la Provincia el uso del fuego para la eliminación de la vegetación, de rezagos de material leñoso, o como herramienta de manejo agropecuario, salvo autorización previa, expresa y fehaciente de la autoridad de aplicación, conforme al cumplimiento de las pautas administrativas y técnicas que en dicho ámbito se fijen. El uso del fuego en violación a esta norma, dará lugar a las sanciones previstas en esta ley”.
En tanto en el artículo 9º se establece que: “Las infracciones previstas en la presente ley serán sancionadas por la autoridad de aplicación, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal por la comisión de delito o cuasidelito, con las siguientes sanciones: Apercibimiento; Multa en efectivo de un salario mínimo vital móvil y hasta un máximo de cien salarios mínimos, vital y móvil; Suspensión temporal, parcial o total de las autorizaciones concedidas y Decomiso de las materias primas forestales obtenidas, así como de los instrumentos, maquinarias, equipos, herramientas y/o medio de transportes utilizados para cometer la infracción.

Finalmente se solicita a las poblaciones o productores de áreas rurales que en caso de avistaje de humos o fuegos, dé aviso inmediato a las dependencias policiales o de bomberos más próximos.


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