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Por Alicia Terada
Domingo, 17 de febrero de 2013
Ajustes previsionales en tiempo y forma
El sistema previsional se encuentra ante una inusitada cantidad de demandas tramitándose ante la Justicia Federal de la Seguridad Social de la Capital Federal y en los distintos Juzgados Federales del interior realizadas por jubilados y pensionados que reclaman el reajuste de sus beneficios y el pago del correspondiente retroactivo.




Durante 2009 y 2010 se presentaron en promedio 500 demandas por día ante la Mesa de Entradas de la Cámara Federal de la Seguridad Social, representando un incremento del 100% en relación a los juicios iniciados durante 2008. En la actualidad, se estima que existen más de 150.000 expedientes en trámite en los 10 Juzgados de Primera Instancia de Capital Federal, otros 12.000 en las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social y 53.000 que se encuentran en etapa de ejecución.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación y las distintas salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social han dictado numerosos fallos judiciales que ordenan un incremento de los haberes previsionales de acuerdo a diversos parámetros que tienen que ver con la fecha de obtención del beneficio y con el régimen bajo el cual fue obtenido. Si bien la Ley 26.153, sancionada en octubre de 2006, modificó el artículo 22 de la Ley 24.463 estableciendo que las sentencias condenatorias contra la ANSES sean cumplidas dentro del plazo de 120 días hábiles, contado a partir de la recepción efectiva del expediente administrativo correspondiente, esta modificación no estableció ningún apercibimiento para el supuesto en que la ANSES no diera cumplimiento en el plazo fijado a las sentencias condenatorias dictadas en su contra ni para los casos de su cumplimiento parcial.

La realidad demostró que en muchos casos no se cumplió con el plazo fijado legalmente. Eso se debe en gran medida a que sólo se destinan $4.000 millones anuales al pago de sentencias del presupuesto total de la ANSES cercano a los $287.000 millones.

Muy poco si lo comparamos con el porcentaje destinado a préstamos a empresas públicas y privadas y también a la emisión y tenencia de Bonos que permiten financiar el déficit fiscal, dinero que proviene del presupuesto que administra el Fondo de Garantía de Sustentabilidad.

En la Coalición Cívica hemos presentado un proyecto de ley que permite corregir esta falencia autorizando a los jubilados y pensionados que se encuentran en litigio contra el organismo previsional a que, en la etapa de ejecución de sentencia, puedan embargar los fondos de la ANSES que no se encuentran afectados al pago de las jubilaciones y pensiones. No podemos asistir pasivamente a que miles de personas deban atravesar un periplo contaminado por la burocracia, la desidia y la falta de sensibilidad de un gobierno que eligió usar los fondos de la ANSES como caja política.


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