Desmontes clandestinos: Centro Mandela responde ante la negación de Bosques
La Dirección de Bosques negó la clandestinidad del desmonte realizado en el campo ubicado en el Paraje “El Mangrullo”, a 25 km al norte de la localidad de Pampa del Infierno, a pesar de que el titular del predio no colocó el cartel obligatorio.
Repetimos que es obligatoria la exhibición del cartel para demostrar públicamente la legalidad del desmonte, por lo que razonablemente debimos suponer que fuera clandestino, que como presunción legal no puede desconocer la Dirección de Bosques porque esa es la sanción contemplada por el sistema jurídico. A pesar de ello, Bosques repitió su hábito de negar lo obvio y evidente, aunque después se confirmen las irregularidades que prosperan en el organismo.
Esta vez, Bosques aclaró que “no son desmontes clandestinos, se trata de planes de cambio de uso de suelo debidamente autorizados”. Así comenzó la aclaración enviada por nota a NORTE por el hipotético director de Bosques, ingeniero Miguel Ángel López, quién agregó que se cumplieron “todos los requisitos legales, técnicos, contables y administrativos, y que a través de un sistema de barrido (efectuado por el Centro GEO) se verifica el cumplimiento de los trabajos autorizados y la teledetección de las infracciones y proceden a constatarlo en terreno”. Sin embargo, suponiendo que el desmonte haya sido autorizado, nuevamente Bosques omitió informar a la opinión pública el número de expediente, la identificación del predio y de su titular, la cantidad de hectáreas autorizadas para ser desmontadas, el número de disposición a través del cual se otorgara el permiso, el técnico responsable y los restantes datos que obliga a publicar el sistema legal. No obstante ello, suponiendo que los trámites y el permiso otorgado fueran irreprochables, lo cierto es que en la práctica se habrían producido varias irregularidades que están calificadas como infracciones, como ser las cortinas vegetales transversales y longitudinales, la superficie desmontada, la intervención de los suelos y la quema de los restos forestales que está prohibido por el artículo 15 de la ley de Bosques (26.331). O sea que lo que inicialmente pudo ser un desmonte legal en el burocrático trámite administrativo, terminó siendo ilegal en la práctica, que continuamente se repite como mecanismo para saquear el monte.
En nuestro informe mencionamos que cuando visitáramos el predio los restos forestales del deslinde perimetral todavía se estaban quemando. Desde el camino se detectaba el desmonte, pudiendo observarse los restos desechados que todavía no habían sido quemados. La parte de atrás del campo ya estaba totalmente quemado; solamente faltaba desraizar para luego pasar la rastra y hacer chacra.
Nueve de diez desmontes sin carteles
En el recorrido en el que detectamos el desmonte realizado en el Paraje “El Mangrullo”, visitamos diez desmontes, de los cuales solamente uno de ellos exhibía el cartel obligatorio, lo que demuestra que la irregularidad es repetida y sistémica. Este único caso en que se colocó el cartel en el predio, que pareció un dato alentador, también permitiría aplicar la presunción de prácticas ilegales porque los datos incorporados al cartel no reflejaban el gran desmonte que estaba a la vista desde el camino y picadas, por lo que podría ser un típico caso de uso irregular de carteles correspondientes a distintos predios.
El precario cartel, que ilustra esta nota, estaba colocado en la tranquera del predio. Casi imperceptiblemente figuraba un posible permiso que correspondería a un desmonte silvopastoril, aunque en este tramo las letras estaban borradas o desprendidas del soporte (una tablita). No obstante que fuera dificultosa la lectura, pudo entenderse que el titular del campo sería Alejandro Hayes y el técnico responsable el ingeniero Diego Kalbermatter. Que se habría autorizado un total de 678 hectáreas. Respecto a números de expediente y de resolución, apenas se leía 0531 – 1588. La irregularidad consistió en que a pesar de que el permiso refería a un silvopastoril, el desmonte fue total en las áreas intervenidas.Se midió 2.500 mts. por el camino frontal y 4.300 mts. por la picada del costado noroeste, cuyo vértice terminaba frente al vértice del campo ubicado en el lugar conocido como “Goma de Yoda”. En definitiva, Bosques ahora debería informar si el titular del predio contaba con autorización para efectuar un desmonte a tala raza o un silvopastoril, en el que se debe dejar en pie 120 árboles por cada hectárea, y confirmar la superficie autorizada. Las coordenadas del predio son las siguientes: primer esquinero desde el camino frontal: S26º 13.388’ W061º 06.335’; segundo esquinero, desde el camino: S26º 12.209’ W061º 06.313’; y tercer esquinero (sur/oeste): S26º 12.160’ W061º 08.855’.
Este caso también pone en evidencia que la Dirección de Bosques funciona muy mal, que atraviesa una profunda crisis que justifica la necesidad de introducir profundos cambios en su estructura para lograr eficiencia y transparencia en la gestión, de tal modo de que se administre y custodie el uso y la explotación racional del monte nativo chaqueño. Mientras tanto, continuaremos rifando nuestro capital social y ambiental en beneficio de muy pocos, con consecuencias nefastas que ya están a la vista.