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NEUQUEN FALLO HISTORICO
Jueves, 21 de marzo de 2019
Perpetua para ocho penitenciarios que torturaron y mataron a un preso
También condenaron a carceleros, autoridades del penal y médicos por la tortura y el encubrimiento del crimen

A pesar de que el cuerpo del preso Argentino Pelozo Iturri estaba destrozado a golpes, los asesinos y sus cómplices lograron preservar la mentira y la impunidad mediante el ocultamiento de pruebas durante diez años.

Sin embargo, después de un juicio que llevó cuatro meses, la Justicia Federal de Neuquén dictó este miércoles un fallo histórico: condenó a prisión perpetua a ocho agentes penitenciarios por haber torturado al preso con golpes de puño y patadas hasta liquidarlo.

El Tribunal Oral Federal de Neuquén consideró que los agentes de requisa del Servicio Penitenciario Federal (SPF) Orlando Horacio John, Pablo Angel Muñiz, Javier Féliz Pelliza, Pablo David Sepúlveda, Daniel Ulises Romero, José Lorenzo Retamal, José Walter Quintana y el celador Carlos Roberto Vergara fueron coautores del delito de “imposición de tortura seguida de muerte” y pasarán el resto de su vida en el mismo lugar donde trabajaban, pero del otro lado de las rejas, con condena perpetua.

En la última audiencia, llevada a cabo en los Tribunales de esa provincia, los jueces Marcelo Grosso, Orlando Coscia y Alejandro Vidal también dictaron fuertes penas contra las autoridades del penal y los médicos que apañaron la conducta de sus subalternos.

El jefe de Seguridad Interna del penal, Daniel Huenul, que estaba a cargo del cuerpo de requisa, fue castigado por omitir “evitar la aplicación del delito de tortura” y recibió una pena de siete años. Por el mismo crimen, el ex director de la Unidad 9 de Neuquén, José Sosa, y su subdirector, Héctor Ledesma, recibieron seis y seis años y medio de pena respectivamente.

Gabriel Grobli, jefe de Región Sur del SPF, quien debía hacer los trámites protocolares tras la muerte (tomar fotografías, clausurar el servicio médico, confeccionar el croquis del hecho), fue encontrado culpable de haber encubierto el homicidio y recibió una condena de seis años de prisión.

El médico Juan Carlos Heredia también fue hallado culpable por omitir denunciar la tortura y recibió una condena a cuatro años de cárcel, además de que no podrá ejercer la medicina por ocho años y, como el resto de los castigados, jamás podrá volver a tener un cargo público.

Su colega Mario Humberto Leyría fue el único absuelto de los imputados, ya que no se encontraron pruebas que lo involucren en el delito. Pero el enfermero Miguel Angel Carrilao sí fue considerado autor del delito de omisión de denunciar y los jueces le impusieron la pena de 3 años y 6 meses.

En el fallo, de más de 500 páginas, los jueces Grosso, Coscia y Vidal describieron la cadena de sucesos que terminaron con la muerte de Pelozo Iturri y dejaron claro, con las penas, que la tortura no es un hecho casual en las cárceles argentinas, que goza de impunidad, complicidad y hasta, dicen, cierto “sadismo” de los carceleros.

“Estas prácticas, a no dudarlo, no surgen de ocurrencias ocasionales de algún penitenciario desviado, sino que forman parte de una práctica sistemática y generalizada que, permitida aun tácitamente por las autoridades de las cárceles, generan además, en quien las realiza, cierto sádico placer y una confiada sensación de impunidad en cuanto a que el preso no lo denunciará, sus jefes no lo cuestionarán y, por último, llegado el caso en que el hecho ilícito se conozca -duele decirlo- las propias autoridades penitenciarias harán lo necesario para encubrir el hecho o proteger al autor, mientras que la investigación judicial -si llega a dichos estrados- difícilmente avance por la triste decisión (muchas veces) de la propia víctima que, por temor o por sufrir amenazas, desiste de denunciar”, escribieron los jueces en la sentencia.



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